lunes, 28 de marzo de 2022

AVANZA EN EL SENADO LA CONVENCIÓN MORDAZA

Seguinos en facebook

NOTIVIDA, Año XXI, Nº 1281, 28 de marzo de 2022

AVANZA EN EL SENADO LA CONVENCIÓN MORDAZA

La “Convención contra toda forma de Discriminación e Intolerancia” -cuya ratificación avanza en el Senado- es un tratado interamericano pro-homosexualista que amenaza el ejercicio de derechos fundamentales como los de culto, pensamiento, conciencia, expresión, asociación y enseñanza. Su ratificación incrementaría las muchas dificultades que ya enfrentan los que defienden el orden natural.

La Comisión de Relaciones Exteriores del Senado, que preside Adolfo Rodríguez Saá, va a tratar el miércoles 30, el proyecto de ratificación (expte 27-CD-2021) de la “Convención contra toda forma de Discriminación e Intolerancia” que obtuvo media sanción de Diputados en octubre. Recordemos que en esa ocasión 126 diputados se ausentaron y que de no haber sido por el salteño Andrés Zottos -que se abstuvo pero garantizó el quorum- no se aprobaba.

Con el dictamen de Relaciones Exteriores el proyecto de ratificación quedaría listo para llegar al recinto de la cámara alta y obtener sanción definitiva.

La Convención contra la discriminación e intolerancia es un polémico tratado que introdujo en el sistema interamericano de derechos humanos, a “la orientación sexual y la identidad de género”, como categorías protegidas. De allí que de los 35 países signatarios sólo 2 la han ratificado: Uruguay y México.

Desde la perspectiva de esta Convención se calificará de discriminatorio e intolerante todo documento, contenido educativo, publicación o expresión –independientemente del canal de comunicación- que no acuerde con el estilo de vida homosexual.

¿Se podrá leer por ejemplo el Capítulo I de la Epístola de San Pablo a los Romanos que menciona a las relaciones entre hombres y mujeres como “relaciones naturales” y a las homosexuales como relaciones “contrarias a la naturaleza”? Hace años -y sin el contexto legal actual- el por entonces Arzobispo de Mercedes-Luján fue grabado dentro del templo durante la Santa Misa y querellado a posteriori por releer durante la homilía párrafos de esa Epístola que era una de las lecturas del día (El Civismo 10/12/2005).

En febrero de 2017 cuando el Senado boliviano se disponía a aprobar la Convención, la Conferencia Episcopal de ese país le hizo llegar a la Asamblea Legislativa sus objeciones. De esa extensa misiva transcribimos sólo un ilustrativo párrafo:

“La definición de Discriminación en la Convención, desde el punto de vista de las personas que no se encuentran en condición de vulnerabilidad, resulta ser violatoria de los derechos de expresión, conciencia y religión. Como conocemos, el ejercicio de la libertad religiosa implica la adopción de cánones morales y de conducta establecidos tanto en escrituras, doctrinas dogmas y misterios sagrados que son el fundamento de cada una de las distintas filiaciones religiosas”.   

Sobre la Convención y su trámite en la cámara baja se pueden ver los siguientes boletines:

ARGENTINA SE APRESTA A RATIFICAR UNA CONVENCIÓN PRO-HOMOSEXUALISTA

EL MARTES TRATAN LA CONVENCIÓN MORDAZA

MEDIA SANCIÓN PARA LA CONVENCIÓN MORDAZA

CONVENCIÓN MORDAZA: LA VOTACIÓN EN DIPUTADOS

____________________________________________

NOTIVIDA, Año XXI, Nº 1281, 28 de marzo de 2022  

Editora: Lic. Mónica del Río

Página web: www.notivida.org

Email: notivida@hotmail.com

_________________________________________

Citando la fuente y el autor, se autoriza la reproducción total o parcial de los artículos contenidos en cada número del boletín

 

sábado, 26 de marzo de 2022

IMPLEMENTAR 2021: INFORME ACTUALIZADO

Seguinos en facebook

NOTIVIDA, Año XXI, Nº 1280, 26 de marzo de 2022

IMPLEMENTAR 2021: INFORME ACTUALIZADO

EL ESTADO ELIMINA A UN ARGENTINO POR NACER CADA 8 MINUTOS

La Dirección Nacional de Salud Sexual y Reproductiva (DNSSR) actualizó el informe ImplementAR que consigna los abortos practicados en el sistema público durante 2021. Ahora ascienden a 64.164.

La DNSSR difundió hace unos días el informe ImplementAR 2021, del que dimos cuenta en el último boletín (Vid Notivida Nº 1279).

En la actualización hecha ahora por el organismo destacan los datos de la provincia de Santa Fe que no estaban informados y la variación notable de Corrientes de la que sólo se habían mencionado alrededor del 27% de los abortos practicados.

Abortos (ILE/IVE) informados por jurisdicción al 31/12/2021 (ImplementAR 2021 actualizado)

Abortos informados desde el sistema público durante 2021

Buenos Aires

26.500

Mendoza

2.916

Catamarca

728

Misiones

561

Chaco

686

Neuquén

656

Chubut

920

Río Negro

829

Ciudad de Buenos Aires

8.847

Salta

1.701

Córdoba

1.895

San Juan

380

Municipio de Córdoba *

1.156

San Luis

785

Corrientes

611

Santa Cruz

250

Entre Ríos

1.493

Santa Fe

4.368

Formosa

261

Santiago del Estero

585

Jujuy

1.701

Tierra del Fuego

343

La Pampa

1.075

Tucumán

4.162

La Rioja

755

TOTAL PAÍS

64.164

 

* “El Municipio de la Ciudad de Córdoba con el apoyo de la Red de Profesionales por el Derecho a Decidir y de la Campaña por el Derecho al Aborto logró incorporar la interrupción del embarazo como parte de la estrategia de atención primaria, brindando la prestación en más del 90% de centros de atención primaria”, resalta el informe.

En respuesta a estos crímenes abominables perpetrados desde el estado, Argentina hoy Marcha por la Vida.

____________________________________________

NOTIVIDA, Año XXI, Nº 1280, 26 de marzo de 2022  

Editora: Lic. Mónica del Río

Página web: www.notivida.org

Email: notivida@hotmail.com

_________________________________________

Citando la fuente y el autor, se autoriza la reproducción total o parcial de los artículos contenidos en cada número del boletín

 

miércoles, 16 de marzo de 2022

EL ESTADO ELIMINA A UN ARGENTINO POR NACER CADA 9 MINUTOS

Seguinos en facebook

NOTIVIDA, Año XXI, Nº 1279, 16 de marzo de 2022

DNSSR: INFORME ABORTO 2021

EL ESTADO ELIMINA A UN ARGENTINO POR NACER CADA 9 MINUTOS

La Dirección Nacional de Salud Sexual y Reproductiva (DNSSR) dio a conocer un informe sobre los abortos practicados en el sistema público durante 2021 (59.348).

El Fondo de Población monitorea, la IPPF dona abortivos y las “Católicas por el Derecho a Decidir” hacen la adaptación socio-cultural del Protocolo de aborto. 

La Dirección Nacional de Salud Sexual y Reproductiva (DNSSR) difundió el informe ImplementAR 2021, que resume las acciones que el organismo llevó a cabo, el año pasado, en materia de aborto.

Tanto el informe como el seguimiento de las acciones se desarrollaron con el apoyo institucional del Fondo de Población de Naciones Unidas, UNFPA Argentina.

Monitoreo

La DNSSR realizó reuniones federales con los directores y referentes provinciales de salud para: Monitorear la implementación de la Ley de aborto en las provincias, Identificar las dificultades y los cuellos de botella, y Orientar las acciones para superar las dificultades y mejorar la accesibilidad.

Durante el segundo semestre 2021 el relevamiento se hizo “con especial atención en las prestaciones de segundo trimestre de la gestación”.

Capacitación del personal

El organismo realizó 9 encuentros virtuales con temas como: Ley de aborto, Detección y acceso al aborto de las niñas y adolescentes embarazadas menores de 15 años, AMEU, Abortos de más de 13 semanas de gestación, etc.

También hicieron capacitaciones “a medida”, priorizando las necesidades percibidas por los territorios. Así por ejemplo, en Santa Cruz se centraron en la objeción de conciencia, lo mismo en Entre Ríos donde añadieron ILE en el segundo trimestre. En Chaco y Catamarca focalizaron en gestantes menores de 15 años.

Capacitaciones en colaboración

Se instruyó a trabajadores e integrantes de los equipos de salud de los tres subsistemas.

La actualización de la Red de Profesiones por el Derecho a Decidir se hizo con el apoyo de la IPPF.

La ONG autodenominada “Católicas por el Derecho a Decidir” coordinó programas de capacitación en Formosa y en Santiago del Estero, con el apoyo de la Embajada de Canadá, la IPPF y la Asociación Nacional Sueca para la Educación Sexual. Mientras que en Salta -junto con la Radio Comunitaria “La Voz Indígena de Tartagal” y la organización de mujeres indígenas ARETEDE- la misma asociación realizó “la adaptación sociolingüística e intercultural del Protocolo”.

Asistencia a los equipos territoriales

Durante el año 2021, se realizaron 129 asistencias técnicas sobre aborto en los distintos distritos. La provincia que hizo más consultas fue la de Buenos Aires (41), seguida por Jujuy (12), Sta. Cruz (11), Misiones y San Juan (7).

Los que más asesoramiento pidieron son los profesionales de la salud (76), seguidos de los referentes en Salud Sexual y Reproductiva (49).

El mayor número de consultas fue ocasionado por: abortos de más de 16 semanas (23) y gestantes de menos de 15 años (19).

Asesoramiento legal

En 2021 se iniciaron 51 actuaciones administrativas por “vulneraciones de derechos de las personas usuarias” en el acceso al aborto:  Buenos Aires (5), CABA (1), Chubut (4), Corrientes (1), Córdoba (3), Entre Ríos (1), Formosa (1), Jujuy (3), Mendoza (4), Misiones (1), Neuquén (3), Río Negro (2), Salta (10), San Juan (2), San Luis (4), Santa Cruz (1), Tierra del Fuego (1) y a organismos de la jurisdicción federal (4).

La DNSSR tuvo, además, intervención en 11 de las 37 causas judiciales que se han iniciado hasta el momento en contra de la ley 27.610.

El equipo legal de la DNSSR en conjunto con el equipo legal del Ministerio de las Mujeres, organizaciones de la sociedad civil y abogadas de la provincia de Salta “ha trabajado en la defensa técnica de la Dra. Miranda Ruiz, residente de medicina familiar del Hospital Juan Domingo Perón de la ciudad de Tartagal, imputada preliminarmente por el delito de aborto sin consentimiento”. Solicitaron su sobreseimiento.

Aseguramiento de insumos

“Durante 2021, se distribuyeron 74.057 tratamientos (de 12 comprimidos c/u) de Misoprostol, de los cuales 69.583 se enviaron a depósitos y 4.474 a CAPS”.

Además la DNSSR gestionó la compra de 110.500 tratamientos de Misoprostol. Al Fondo de Población de Naciones Unidas (UNFPA) le compró 70.000 y al programa santafecino de Producción Pública de Medicamentos (LIF40.500.

Esto se suma a los 25.000 combipack abortivos donados por la IPPF.

Abortos (ILE/IVE) informados por jurisdicción al 31/12/2021

Abortos informados desde el sistema público durante 2021

Buenos Aires

26.500

Mendoza

2.916

Catamarca

728

Misiones

561

Chaco

686

Neuquén

656

Chubut

920

Río Negro

829

Ciudad de Buenos Aires

8.847

Salta

1.701

Córdoba

1.895

San Juan

380

Córdoba

1.156

San Luis

785

Corrientes

163

Santa Cruz

250

Entre Ríos

1.493

Santa Fe

s/d

Formosa

261

Santiago del Estero

585

Jujuy

1.701

Tierra del Fuego

343

La Pampa

1.075

Tucumán

4.162

La Rioja

755

TOTAL PAÍS

59.348

Al 31 de diciembre de 2020 la cantidad de efectores del sistema público de salud que habían informado la realización de interrupciones legales del embarazo eran 907al 31 de diciembre de 2021 la cantidad de efectores ascendió a 1347.

____________________________________________

NOTIVIDA, Año XXI, Nº 1279, 16 de marzo de 2022  

Editora: Lic. Mónica del Río

Página web: www.notivida.org

Email: notivida@hotmail.com

_________________________________________

Citando la fuente y el autor, se autoriza la reproducción total o parcial de los artículos contenidos en cada número del boletín

 

miércoles, 9 de marzo de 2022

NUEVAS DIRECTRICES DE LA OMS SOBRE ABORTO

Seguinos en facebook

NOTIVIDA, Año XXI, Nº 1278, 9 de marzo de 2022

NUEVAS DIRECTRICES DE LA OMS SOBRE ABORTO

Aborto a demanda y sin límite de edad gestacional. Abortivos suministrados por agentes comunitarios. Aborto autogestionado. Abortos tempranos por telemedicina.

En coincidencia con el “Día Internacional de la Mujer”, la OMS divulgó nuevas Directrices sobre la atención del aborto. Estas recomendaciones actualizan y sustituyen a las del 2012. “Las directrices son el medio fundamental a través del cual la OMS ejerce su liderazgo técnico en materia de salud”.

Son recomendaciones “inclusivas” destinadas a “las mujeres cisgénero, los hombres transgénero, las personas no binarias, de género fluido e intersexuales con un sistema reproductor femenino y capaces de quedar embarazadas”.

En el resumen ejecutivo se lee:

“Fortalecer el acceso a la atención integral para el aborto dentro del sistema de salud es fundamental para cumplir los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) relacionados con la buena salud y el bienestar (ODS3) y la igualdad de género (ODS5)”.

El aborto es una intervención sanitaria segura y sin complejidad que puede gestionarse eficazmente con medicamentos o mediante un procedimiento quirúrgico que puede realizarse en diversos entornos”.

“El aborto médico ha revolucionado el acceso a la atención para el aborto de calidad en todo el mundo. Los medicamentos que se emplean para provocar el aborto pueden administrarse de forma segura y eficaz en un establecimiento de salud o autoadministrarse en otro lugar (por ejemplo, en el hogar)” durante las primeras 12 semanas.

Recomendaciones

Las recomendaciones se presentan en tres ámbitos: A) Legislación y políticas, B) Servicios clínicos y C) Prestación de servicios.

A) Las recomendaciones relativas a la legislación y las políticas comprenden las siguientes áreas:

1.    Penalización del aborto

Se recomienda la despenalización total del aborto.

“La despenalización significa eliminar el aborto de todas las leyes penales”, no sólo para la mujer que aborta sino “para todos los agentes participantes”.

2.    Enfoques basados en supuestos para permitir el aborto

Se recomienda que el aborto esté accesible a demanda de la mujer.

No se recomiendan leyes que restrinjan el aborto basándose en supuestos (salud de la mujer, violación…)

Hasta tanto haya aborto a demanda, se debería reflejar en los supuestos las definiciones de salud de la OMS (salud física, psíquica y social).

Tampoco hay que poner requisitos para demostrar o acreditar que se cumplen los supuestos (orden judicial o denuncia policial en el caso de violación).

3.    Límites relativos al periodo de gestación establecido para abortar

No se recomienda la promulgación de leyes y otras reglamentaciones que prohíban el aborto basándose en límites de edad gestacional. O sea, se debería permitir abortar hasta el momento del parto.

4.    Plazos de espera obligatorios antes de someterse a un aborto solicitado

No se recomiendan los plazos de espera obligatorios para el aborto. Lo que implicaría realizar el aborto inmediatamente después de la solicitud.

5.    Autorización de terceros para abortar

Se recomienda el acceso al aborto a demanda de la mujer, niña u otra persona embarazada sin la autorización de ninguna otra persona, organismo o institución. Vale decir, el aborto debería practicarse sin conocimiento de los padres o pareja.

6.    Restricciones sobre qué trabajadores de la salud pueden prestar servicios de aborto

Se especifican en cada caso en las recomendaciones sobre la prestación de servicios, por ejemplo, para el aborto médico antes de las 12 semanas se recomienda el tratamiento por “cuenta propia, agentes de salud comunitarios, empleados de farmacia, farmacéuticos, profesionales de la medicina tradicional y complementaria, auxiliares de enfermería/ enfermeras auxiliares parteras, enfermeras, parteras, clínicos asociados/clínicos avanzados asociados, médicos generalistas y médicos especialistas”.

7.    Objeción de conciencia o negativa por razones de conciencia de los proveedores de atención de la salud

Se recomienda la protección del acceso a la atención integral para el aborto y su continuidad frente a los obstáculos creados por la objeción de conciencia.

“Si resulta imposible regular la objeción de conciencia de manera que se respeten, protejan y cumplan los derechos de las personas que solicitan el aborto, la objeción de conciencia en la prestación de servicios de aborto puede llegar a ser indefendible”.

B) Las recomendaciones relativas a los servicios clínicos se refieren a los métodos de aborto y a la atención conexa. Por ejemplo:

Tanto para el aborto médico como para el quirúrgico: “No se recomienda el uso de la ecografía como requisito para la prestación de servicios de aborto”.

Para el aborto médico antes de las 12 semanas se recomienda el uso combinado de mifepristona y misoprostol.

Para el aborto médico después de las 12 semanas se indica que “el tejido del embarazo debe tratarse de la misma manera que cualquier otro material biológico, a menos que la persona exprese su deseo de que se trate de otra manera”. O sea, el cadáver del niño por nacer tendría el mismo trato que un residuo patológico.

C) Las recomendaciones sobre la prestación de servicios son las relativas a las categorías de trabajadores de la salud que pueden prestar los servicios correspondientes y por primera vez se incluyó una recomendación sobre telemedicina para el aborto médico: “se recomienda la opción de la telemedicina como alternativa a las interacciones presenciales con el trabajador de la salud” “para facilitar el aborto médico temprano”.

Entre los argentinos que trabajaron en estas directrices están Mariana Romero (CEDES) y Paola Bergallo (Universidad Torcuato Di Tella, ex investigadora del CEDES).

____________________________________________

NOTIVIDA, Año XXI, Nº 1278, 9 de marzo de 2022  

Editora: Lic. Mónica del Río

Página web: www.notivida.org

Email: notivida@hotmail.com

_________________________________________

Citando la fuente y el autor, se autoriza la reproducción total o parcial de los artículos contenidos en cada número del boletín