martes, 24 de diciembre de 2019

SANTA Y FELIZ NAVIDAD

La Virgen concebirá y dará a luz un hijo a quien pondrán el nombre de Emanuel, que traducido significa: Dios con nosotros” (Mt 1,23)

Miles de años aguardó Adán el cumplimiento de la promesa divina. El pueblo hebreo se preparaba. La Virgen María espera. Y llegada la plenitud de los tiempos, el Verbo se hizo carne. Habitó entre nosotros y se convirtió en el Señor de la Historia.

Ese mismo Dios quiere entrar en nuestra historia personal ¡Quiere apoderarse de ella porque le pertenece!

Que en esta Santa Navidad renovemos el propósito de dejarnos gobernar por este Rey que quiere hacer su morada dentro nuestro, para que podamos mirar con sus ojos los acontecimientos de nuestra vida y de nuestra Patria; para que abriguemos sus mismos sentimientos y amemos como Él ama.

Que el soberano Niño nos haga dignos de servirlo.

Feliz y Santa Navidad, les desea Notivida.

viernes, 13 de diciembre de 2019

ABORTO POR RESOLUCIÓN

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NOTIVIDAAño XIX, Nº 1183, 13 de diciembre de 2019

ABORTO POR RESOLUCIÓN

Se publicó hoy en el Boletín Oficial la Resolución del Ministerio de Salud que aprueba el Protocolo de aborto

La matanza de personas inocentes e indefensas no mereció un “nunca más” de Alberto Fernández, al contrario, la primera disposición de su Ministro de salud fue aprobar y publicar en el Boletín Oficial un mecanismo sistemático para eliminarlas (Resolución 1/2019). Una acción inmoral, ilegítima e inconstitucional.

El Protocolo, en la práctica, se traduce en aborto a demanda desde los 13 años y aún antes si la niña es acompañada por una persona “allegada” o un “referente afectivo”, aunque los padres desconozcan o desaprueben la decisión.

El aborto se debe realizar en un plazo máximo de 10 días desde su solicitud y no hay límite de edad gestacional para perpetrarlo (el protocolo menciona, por ejemplo, la medicación a utilizar después de la semana 28).

La promoción del aborto

Cuando la embarazada llega al sistema de salud, el profesional –aún si es objetor de conciencia- deberá constatar si existe alguna de las causales previstas para acceder al aborto (por ejemplo, “que la continuación del embarazo pueda representar un peligro para la salud física, psíquica o social de la persona”) y ofrecerle la práctica; en caso contrario será pasible de sanciones penales, civiles y/o administrativas. Lo mismo si ante un pedido de aborto realiza maniobras dilatorias, suministra información falsa, viola el secreto profesional o la confidencialidad, por ejemplo, si se lo dice al cónyuge o a los padres de la gestante.

La objeción de conciencia es siempre “individual” y todos los servicios de salud deberán hacer abortos.

El objetor tiene el deber de practicar el aborto si no existe otro profesional que lo pueda garantizar. También “si se tratare de una situación de emergencia”.

Las cifras

Dando por ciertas las infundadas cifras anuales que menciona el propio Protocolo, el número de abortos oscila entre 370 y 522 mil y las muertes de gestantes en 30. Es decir, en promedio, moriría una mujer cada 15.000 chicos que se asesinan.

La medida publicada hoy lleva a suponer que el Gobierno nacional quiere evitar sólo una de cada 15.001 muertes vinculadas al aborto. Es comprensible entonces que muchos repudien enérgicamente la resolución, lo que sorprende es que otros, que como el presidente acaban de jurar “por Dios, la Patria y los Santos Evangelios”, la “comprendan”.

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NOTIVIDA, Año XIX, Nº 1182, 13 de diciembre de 2019

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jueves, 12 de diciembre de 2019

EL GOBIERNO AVALARÁ FORMALMENTE EL PROTOCOLO DE ABORTO

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NOTIVIDAAño XIX, Nº 1182, 13 de diciembre de 2019

EL GOBIERNO AVALARÁ FORMALMENTE EL PROTOCOLO DE ABORTO

Por primera vez un protocolo de aborto será respaldado por una Resolución del Ministerio de Salud. La disposición se publicará mañana en el Boletín Oficial.

El ministro de Salud Ginés González García lo anunció esta tarde desde la Casa de Gobierno.

“Recordábamos con el presidente el 2007 cuando hicimos el primer protocolo”, dijo González García. “El protocolo ha sido actualizado varias veces y va a seguir actualizándose”. “Hay dos razones centrales para hacerlo: por un lado, las modificaciones que ocurren en la legislación de nuestro país y por otro lado la evolución del conocimiento, que hace que se modifiquen las cuestiones científicas, por ejemplo, los medicamentos que se utilizan”.

Según el ministro, “el protocolo es una guía de procedimiento como las que utiliza la medicina moderna para tratar cualquier tipo de patología”.

Sostuvo que el combate contra el protocolo ha generado “además de confusión, una cierta intimidación” en los profesionales de la salud y que esta guía les va a dar “tranquilidad y respaldo”. “En un país federal esto depende mucho de la adhesión de las provincias. Confío en que lo harán”.

“Va a haber organizaciones anti-derechos que lo van a cuestionar, pero nosotros estamos brindando un instrumento sanitario para que se cumpla no sólo con la ley sino con los derechos de las personas”.

“Somos respetuosos de la objeción de conciencia, pero no puede ser una coartada institucional para que no se cumpla con la ley”.

Afirmó que el aborto es un tema de salud pública porque “hay 30 muertes evitables por año”. González García obvió que de las 30 muertes por “embarazo terminado en aborto” que Salud registró en 2017, 8 fueron por embarazo ectópico, 2 porque había productos anormales de la concepción y una por aborto espontáneo. Lo que le da a las muertes ocasionadas por un aborto provocado un techo máximo de 19 muertes (Notvida Nº 1144).

Por indicación del ministro algunas preguntas fueron respondidas por Mariana Romero (CEDES) que aseguró que la “normativa argentina no tiene un límite de edad gestacional para realizar un aborto”, que la objeción de conciencia “es individual: la ejercen las personas, no las instituciones”, que “el protocolo estipula diez días de plazo para realizar la práctica” y que “la violación es un delito de instancia privada, por lo que la persecución al violador va a depender de la decisión autónoma de la mujer de hacer la denuncia”.

Recordemos finalmente que Ginés González García fue, junto a Chiche Duhalde, el gran impulsor de la Ley nacional de “Salud Sexual y Procreación Responsable” que dispuso el reparto masivo, indiscriminado y gratuito de anticonceptivos. Cuando la Ley se sancionó preveía métodos “reversibles, transitorios y no abortivos” pero con la reglamentación se añadieron las “píldoras del día después” que González García incorporó más tarde al PMO (Programa Médico Obligatorio) (Notivida Nº 421). También impulsó en el Congreso la legalización de las esterilizaciones quirúrgicas (Notivida Nº 379) y en el 2007 la cartera que conducía redactó la primera “Guía de Aborto no Punible” (Notivida 490). 

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NOTIVIDA, Año XIX, Nº 1182, 13 de diciembre de 2019

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jueves, 5 de diciembre de 2019

NO SE PODRÁ VENDER MISOPROSTOL EN FARMACIAS

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NOTIVIDAAño XIX, Nº 1181, 5 de diciembre de 2019

NO SE PODRÁ VENDER MISOPROSTOL EN FARMACIAS

Por resolución judicial se dispuso suspender la venta en farmacias del producto MISOP200 (Misoprostol). La medida fue dictada en respuesta a una cautelar presentada por la Asociación Civil Portal de Belén y la Asociación para la Promoción de Derechos Civiles ante la jueza Cecilia Gilardi de Negre, en el Juzgado Contencioso Administrativo Federal Nº 11.

En un comunicado distribuido hoy Portal de Belén estimó que la resolución dictada “propende al cuidado efectivo de las mujeres y niños” y celebró que se limite “la acción ilegal de asociaciones que facilitan y asisten abortos clandestinos con el uso de la droga ahora suspendida”.

Recordemos que desde 1991, esta asociación comenzó a poner en funcionamiento hogares para brindar asistencia integral a mujeres solas en situación de conflicto, a fin de que consoliden la relación con sus hijos. En sus cinco casas se han alojado más de cuatro mil personas y gracias al amparo de la institución han nacido centenares de niños.

A continuación, el comunicado de Portal de Belén que firman los Dres. Rodrigo Agrelo y Ma. Amelia Moscoso, presidente y secretaria, respectivamente, de la entidad:

Que entre los objetivos generales de Portal de Belén, Hogar para la mamá sola, está la protección de los Derechos Humanos, “…la defensa, protección, cuidado, preservación y desarrollo del derecho pleno a la vida, y el respeto a la dignidad de la persona desde el momento mismo de su concepción en su marco social, familiar e individual y en sus dimensiones espiritual, moral, intelectual, cultural, psíquica, comunitaria, laboral, física y económica.”

En cumplimiento de tales objetivos, y en atención a lo previsto por el art. 43, 2° párrafo de la C.N. para la interposición de amparo, se presentó demanda en protección de los derechos de las mujeres y los niños por nacer ante el riesgo que genera a venta de MISOP200 en farmacias.

En este marco reiteramos que el aborto es una acción injusta, que atenta contra la vida de las mujeres y niños y por tanto, sostenemos la necesidad de articular medidas tendientes a la satisfacción de dichos derechos y no a la institucionalización de su menoscabo.

La resolución, hace lugar al pedido de suspensión de venta en farmacias de todo el país en razón de que se trata de un medicamento que “debe ser utilizado únicamente en centros hospitalarios con acceso a cuidados intensivos y cirugía de urgencia” de acuerdo a lo manifestado en su prospecto, pues “el uso del MISOP 200 de modo indebido, tanto en las dosis como en las indicaciones recomendadas, puede ser nocivo para la salud fetal y materna”.

De lo mencionado surge que la resolución dictada propende al cuidado efectivo de las mujeres y niños, lo que celebramos en razón de que ello también limita la acción ilegal de asociaciones que facilitan y asisten abortos clandestinos con el uso de la droga ahora suspendida.

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