jueves, 25 de abril de 2019

¿LAS PARTERAS RECETARÀN MISOPROSTOL EN LOS CENTROS DE ATENCIÓN PRIMARIA?

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NOTIVIDAAño XIX, Nº 1157, 25 de abril de 2019

¿LAS PARTERAS RECETARÀN MISOPROSTOL EN LOS CENTROS DE ATENCIÓN PRIMARIA?

Con 167 votos positivos y uno negativo –el de la santafecina Lucila Lehmann- Diputados le dio media sanción anoche a la Ley de Ejercicio de la Obstetricia. Una aprobación express condicionada por los organismos financieros internacionales.

Las feministas bregaron por esta ley desde 2008 y ahora -en su séptimo intento- de la mano del Ejecutivo lograron que en sólo cuarenta y ocho horas se dictamine, baje al recinto y se apruebe, con el voto incluso de muchos “celestes”. La premura responde a las condiciones crediticias que el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) le impuso al Gobierno Nacional.

Recordemos que el préstamo de 200 millones de dólares acordado con el BID en noviembre de 2018 exigía, entre otras “condiciones especiales previas a la iniciación del desembolso”, “que el Ministerio de Salud de la Nación haya promovido la presentación al Congreso de la Nación de un Proyecto de Ley que regule el Ejercicio Profesional de la Obstetricia, facultando, entre otros, que estos profesionales apliquen los métodos anticonceptivos previstos en el PENIA”.

El proyecto

Tiene por objeto establecer el marco general del ejercicio de la licenciatura en obstetriciaa fin de contribuir a garantizar los derechos sexuales y reproductivos de las personas y de la comunidad, desde un enfoque de derechos humanos y perspectiva de género”.

“El ejercicio profesional de la licenciatura en obstetricia comprende las funciones de asistencia pre, durante y post eventos obstétricos con un enfoque biopsicosocial”. Aunque a las complicaciones que de allí se deriven las van a tener que seguir atendiendo los médicos.

Dentro de un marco de respeto de la autonomía de las personas”, se habilita a los licenciados en obstetricia para realizar las siguientes actividades de “asistencia pre, durante y post eventos obstétricos”:

·        Brindar consejería y asistencia.

·         Realizar acciones de promoción de los derechos sexuales y los derechos reproductivos tanto en el ámbito de la salud como en el ámbito educativo

·         Ofrecer consejerías integrales en salud sexual y reproductiva

·         Asesorar y prescribir métodos anticonceptivos, así como realizar intervenciones relacionadas con ellos, incluyendo la colocación y extracción de métodos anticonceptivos de larga duración

·         Brindar asistencia en etapa preconcepcional

·         Realizar detección y asistencia precoz de embarazo

·         Prescribir y administrar fármacos, según vademécum obstétrico en vigencia

Entre las obligaciones de las personas graduadas en obstetricia está la de “respetar la confidencialidad y el secreto profesional”. Y entre sus derechos el de “negarse a realizar o colaborar en la ejecución de prácticas que entren en conflicto con sus convicciones religiosas, morales o éticas, siempre que de ello no resulte un daño inmediato o mediato para la persona, informándole previamente sus derechos como paciente y efectuando la oportuna derivación para que acceda a los mismos sin dilaciones

Las firmas del dictamen

PRO: Eduardo Amadeo, Carmen Polledo, Cornelia Schmidt Liermann, Daniel Lipovetzky, Karina Molina, Graciela Ocaña, Pedro Pretto, Jorge Enríquez, Samanta Acerenza y Sergio Wisky.

UCR: Brenda Austin, Horacio Goicoechea, Karina Banfi, Luis Petri, Claudia Najul, Mario Arce, José Manuel Cano, Gonzalo del Cerro y Olga Rista

Coalición Cívica: Alicia Terada

Frente para la Victoria: Mónica Macha, Mirta Soraire, Laura Alonso, Adrián Grana, Roberto Salvarezza y Carlos Castagneto,  

FR: Cecilia Moreau y Carla Pitiot,

Otros: Daniel Arroyo (Red por Argentina), Pablo Yedlin (Justicalista), Ana Carla Carrizo (Evolución Radical), Jorge Franco (Concordia Misonero) y Beatriz Ávila (Justicia Social).

El debate en el recinto

Carmen Polledo (PRO, Ciudad de BsAs): Dijo que la participación de los licenciados en obstetricia ayuda a reducir la mortalidad infantil y materna, y que esta ley coopera con en el cumplimiento de la Agenda de Desarrollo Sostenible 2030 de Naciones Unidas. Le agradeció al secretario de Salud, Adolfo Rubinstein la colaboración de la Secretaría que conduce en la elaboración del proyecto.

Eduardo Amadeo (PRO, BsAs): Habló de desigualdad en las tasas provinciales de mortalidad materna e infantil y vaticinó que ambas van a descender con esta ley. Ponderó el Plan PENIA (Prevención del Embarazo No Intencional en la Adolescencia) para el que “esta ley va a ser fundamental”. Mencionó a los métodos “modernos” de anticoncepción que las obstetras van a ayudar a difundir.

Sergio Wisky (PRO, Río Negro): Festejó la ley que “moderniza una ley de 1967” y que “está orientada a uno de los pilares de la política sanitaria los planes materno-infantiles”.

Claudia Najul (UCR, Mza): Recordó a dos licenciados en obstetricia de Mendoza con los que trabajó siendo ministra de salud provincial y afirmó que “con esta ley le dan a los obstetras el rango que merecen”.

Mónica Macha (FpV, Buenos Aires): “Actualizamos la ley para incorporar las acciones que ya se venían llevando adelante en cuanto a prevención del embarazo no deseado y de las enfermedades de transmisión sexual”. Destacó que el proyecto fue elaborado con la participación del colectivo: “Nosotras parimos, nosotras decidimos”. Afirmó que esto tiene que ver “con la agenda del feminismo y con las decisiones de las mujeres sobre su cuerpo”. “En este contexto feminista estamos pariendo una sociedad diferente”.

Jorge Franco (Frente de la Concordia, Misiones): Resaltó que la humanidad se desarrolló con la asistencia de parteras, “antes se las llamaba matronas”. Aseguró que la asistencia del parto es institucional -en los países desarrollados- en el 90% de los casos, pero hay lugares donde todavía atienden matronas.

Norma Abdala de Matarazzo (Frente Cívico, Sgo. del Estero): Recorrió artículos del proyecto y destacó que en Santiago existe la carrera de Licenciado en obstetricia en la Universidad Nacional. 

Romina del Pla (FIT, BsAs): “Esta actividad involucra temas fundamentales, como la promoción de los derechos sexuales y reproductivos y no se circunscribe al ámbito de la salud”. Recordó el discurso de Abel Albino durante el debate de aborto y lo tildó de “oscurantismo en primer nivel”. Reclamó la Ley de Educación Sexual Integral. Anticipó que acuerdan con la ley en general, pero no con la posibilidad de que los licenciados en obstetricia puedan hacer objeción de conciencia.

Araceli Ferreyra (Movimiento Evita, Ctes): Dijo que este proyecto está vinculado con “la violencia obstétrica que se visibilizó durante el debate de aborto” y que está relacionada con el “derecho a decidir de la mujer”. “Nosotras parimos, nosotras decidimos”. Durante el debate en particular pidió que se elimine la posibilidad de ser objetor de conciencia, en aras de la “separación Iglesia / Estado”.

Horacio Goicoechea (UCR, Chaco): “La ley viene a jerarquizar a un sector de la salud”, “la partera es la primera que asiste a la embarazada”. “En el país hay niñas-madres y en 12 provincias están ejecutando el Plan ENIA y las obstetras pueden ser las grandes aliadas de este Plan”. 

Silvia Lospennato (PRO, BsAs): “Es una ley con un sentido profundamente feminista”. “Es una ley que se vine impulsando desde el año 2008”. “Esta ley pretende mejorar los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres”. “El proyecto fue elaborado con la colaboración de la Secretaría de Salud de la Nación y el Fondo de Población de Naciones Unidas”.

Además del voto negativo de Lehmann, hubo tres abstenciones las de Juan Brügge (Córdoba Federal), Vanesa Massetani (Frente Renovador, Sta Fe) y Gisela Scaglia (PRO, Sta Fe).

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miércoles, 24 de abril de 2019

SE PROFUNDIZA EL ADOCTRINAMIENTO EN GÉNERO

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NOTIVIDAAño XIX, Nº 1156, 24 de abril de 2019

SE PROFUNDIZA EL ADOCTRINAMIENTO EN GÉNERO

Media sanción para el proyecto que intenta instituir al 18 de marzo como “Día Nacional de la Promoción de los Derechos de las Personas Trans”

Obtuvo hoy media sanción en Diputados el proyecto de Ley que instituiría al 18 de marzo de cada año como el “Día Nacional de la Promoción de los Derechos de las Personas Trans”.

La iniciativa fue impulsada por los diputados Brenda Austin (UCR, Cba) y Leonardo Grosso (Movimiento Evita, BsAs). Recordemos que Grosso se convirtió recientemente en el primer legislador en ejercicio de la historia argentina que contrajo “matrimonio igualitario”.

La fecha elegida conmemora el fallecimiento de Claudia Pía Baudracco, activista travesti que fundó ATTTA (Asociación de Travestis, Transexuales y Transgéneros de Argentina) e integró la primera comisión directiva de la FALBT (Federación Argentina de Lesbianas, Bisexuales y Trans). Baudracco falleció el 18 de marzo de 2012.

El proyecto aprobado prevé que el Ministerio de Educación implemente programas que fomenten “el conocimiento y la concientización sobre la temática, en establecimientos educativos públicos y privados, en todos sus niveles”.

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lunes, 22 de abril de 2019

EUTANASIA EN EL PROYECTO DE CODIGO PENAL

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NOTIVIDAAño XIX, Nº 1155, 22 de abril de 2019

EUTANASIA EN EL PROYECTO DE CODIGO PENAL

Cualquiera sea el motivo y el medio, la eutanasia es siempre moralmente inaceptable

En el año 2012 se reguló en nuestro país la eutanasia pasiva (Ley Nº 26.742), es decir la eutanasia indirecta o por omisión, que es aquella en la que se le suspenden al enfermo los medios ordinarios de subsistencia –hidratación y alimentación-. Pero el proyecto de Código Penal avanza sobre la eutanasia activa, que es la que supone una acción intencional y directa para quitarle la vida al enfermo, una inyección letal, por ejemplo.

El artículo 81 del Código proyectado introduce una pena atenuada de 3 a 6 años para el que mate a una enfermo incurable o terminal a pedido de éste y por “sentimientos de piedad”.

Esta eutanasia a petición presupone la “autonomía moral del hombre” que aneja el “derecho” de cada uno a decidir sobre su vida y su muerte. Pero el hombre no es autónomo, es libre por naturaleza y la libertad le fue dada por el Autor de esa naturaleza, para que, eligiendo el bien, se perfeccione. El mismo concepto de libertad señala los límites de las elecciones humanas. La noción de autonomía, por el contrario, desliga a la creatura del Creador, rechaza la moral natural, y convierte al hombre en principio y fin, autor y juez, de sus normas de conducta.

Por otra parte el “sentimiento de piedad” aludido en el artículo de marras es muy difícil de comprobar y fue invocado incluso por los dos enfermeros uruguayos que mataron a alrededor de 200 pacientes inyectándole morfina y aire (La Nación, 19/03/2012). Los mencionados asesinaron pacientes durante 7 años sin ser investigados y el caso saltó a la luz cuando mataron a una enferma que ya estaba bien y disponía del alta, porque la muerte los enfermos terminales usualmente no se investiga.

La misma escueta pena -3 a 6 años- le cabría a alguien que elimine a un enfermo con el que tiene un vínculo de parentesco, conyugal o de convivencia, por ejemplo, a un adolescente que -en las circunstancias descriptas- decide acabar con la vida de otro con el que convive sin haber establecido un vínculo legal.

Escribió el reconocido psiquiatra estadounidense Herbert Hendin tras visitar Holanda: “El país se ha movido desde la eutanasia para los enfermos terminales a la eutanasia para los enfermos crónicos; desde la eutanasia para enfermedades físicas a la eutanasia para las enfermedades psicológicas, y desde la eutanasia voluntaria a la eutanasia no voluntaria y a la involuntaria… Cualquier país occidental que legalice el suicidio médicamente asistido para los enfermos terminales se verá obligado a extenderlo de este mismo modo”. (Bioeticaweb.com).

De aprobarse el artículo propuesto para eutanasia, parafraseando al tango podríamos decir que vamos cuesta abajo en la rodada.

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sábado, 20 de abril de 2019

FELIZ Y SANTA PASCUA DE RESURRECCIÓN

"Despierta, tú que duermes, levántate de entre los muertos, y Cristo será tu luz."

 

“Despierta, tú que duermes" le dijo Cristo a Adán para llevarlo al Paraíso. "Despierta, tú que duermes" nos dice a cada uno de nosotros, mostrándonos sus llagas gloriosas, esas que desvanecen todas nuestras cicatrices.

 

¡Despertemos! Despertemos de la muerte del pecado, de las faltas habituales contra las que ya no luchamos. No pactemos más con nuestras imperfecciones, despertemos y comencemos a vivir de la fe en el Hijo del Hombre que dio su vida para rescatarnos de la muerte y del pecado.

 

¡Despertemos! Y desde la fe luchemos por la vida -porque Cristo ha vencido a la muerte- y por la salvación de las almas -porque Cristo ha vencido al pecado-. El Señor resucitado nos llama a colaborar en la obra de la Redención, nos quiere bajo su estandarte, no seamos esquivos al llamamiento del Rey.

 

Que Cristo reine en nuestros corazones para que pueda también reinar en la Patria.

 

Santa y Feliz Pascua de Resurrección, les desea Notivida

jueves, 11 de abril de 2019

“ABORTO TERAPÉUTICO” EN EL PROYECTO DE CODIGO PENAL

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NOTIVIDAAño XIX, Nº 1154, 11 de abril de 2019

"ABORTO TERAPÉUTICO" EN EL PROYECTO DE CODIGO PENAL

El aborto directamente provocado es siempre moralmente inaceptable. El médico que atiende a una embarazada no puede olvidar -bajo ninguna circunstancia- que tiene dos pacientes y sus esfuerzos deben ir encaminados siempre a salvar las dos vidas.

El proyecto de Código Penal enviado por el Ejecutivo al Congreso, no sólo mantiene las inicuas e inconstitucionales excusas absolutorias previstas en el artículo 86 del Código Penal de 1921, sino que las amplía al receptar el pronunciamiento de la Corte conocido como FAL.

El aborto directamente provocado es siempre moralmente inaceptable, pero muchos -incluso entre los que en líneas generales se oponen al aborto- lo intentan justificar en caso de que haya "peligro para la vida o la salud de la madre". Es el mal llamado "aborto terapéutico", así lo denominan aunque el embarazo no sea una enfermedad y el aborto no cure nada.

Peligro para la salud de la madre

En esta situación se hace patente la desproporción entre los intereses que colisionan (vida del hijo-salud de la madre). La vida tiene un valor supremo que siempre está por encima de cualquier otro bien, como puede ser el de la salud. Está claro que en este supuesto la vida del niño por nacer debería ser tutelada, aún ante el posible desmedro de la salud de la madre. Tanto más en el Código Penal proyectado que introduce el difuso peligro para la salud mental de la gestante (Vid Notivida Nº 1152). 

Peligro para la vida de la madre

No pasa lo mismo cuando lo que peligra es la vida de la madre, allí los bienes en conflicto tienen el mismo rango, pero privilegiar una vida sobre la otra implicaría una valoración desigual para dos personas iguales en dignidad (madre e hijo).

En este caso particular es menester distinguir entre el aborto (eliminación deliberada de una persona inocente) y el "aborto indirecto" donde la muerte de la persona por nacer se produce como efecto secundario y no deseado, de una intervención médica dirigida a salvar la vida de una mujer embarazada.

Reproducimos a continuación lo publicado por el Dr. Carlos Romero Berdullas a propósito de este tema.

Aborto indirecto

Tal como lo explica Tale, no debemos incurrir en el yerro de confundir el mal llamado "aborto terapéutico" con el "aborto indirecto", que encuadra en un acto voluntario con doble efecto.

Explica el jurista citado que existe "'aborto indirecto' cuando se administra un remedio u otra clase de terapia para salvar a la madre y como consecuencia de tal acción resulta la expulsión del feto; en el 'aborto terapéutico', en cambio, se mata al feto para salvar a la madre" (1).

Así pues, por aplicación del "principio del doble efecto" podría darse un acto moralmente lícito, cuando se sabe que indirectamente se originará la expulsión del feto o su deceso dentro del seno materno ("aborto indirecto"); en tanto se configuren determinados requisitos (2).

Las condiciones de procedibilidad del principio del doble efecto deben darse todas en el supuesto; y son bien definidas por Basso a continuación:

"1) que la acción de la cual se trata sea buena en sí misma o, al menos, indiferente en abstracto; siempre será ilícito realizar un acto malo aunque el efecto derivado sea óptimo; 2) que el efecto malo no sea intentado de igual manera que el bueno, o, en otros términos, que el malo no sea también querido; 3) que el efecto bueno especifique la acción o, por lo menos, no dependa del malo como de su causa inmediata pues, de lo contrario, el efecto malo se convertirá en un medio para conseguir el bueno y 'el fin no justifica los medios'; debe darse simultaneidad entre ambos efectos; 4) que el daño producido por el efecto malo no supere el bien buscado con aquella acción o, dicho de otro modo, para permitir el efecto malo debe darse una causa proporcionalmente grave" (3) .

Tale nos ilustra sobre esta cuestión con un meticuloso análisis en su obra. Brinda el ejemplo de la mujer que padece una enfermedad y tiene un hijo en el útero. En el supuesto la mujer sólo puede salvar su vida si se le administra un fármaco determinado. Aquí es lícito suministrarle dicho medicamento, amén de conocer que como consecuencia de ello puede sobrevenir la muerte del feto (4).

Rescata que, para justificarse el aborto indirecto, debe cumplirse el requisito de proporción, pues si el remedio no fuera absolutamente necesario para conservar la vida de la madre, sino tan sólo su salud, debería evitarse el fallecimiento del niño por nacer (5).

Otro caso de laboratorio compartido generosamente por Tale, es el de la mujer expuesta a rayos X o quimioterapia, debido a un tumor maligno en el intestino, en pos de procurar su sanación o una mayor sobrevida, aunque de ello resulte el deceso del ser humano por nacer (6).

Aquí se extirpa el útero canceroso, pero dentro de este se encuentra un embrión. El efecto bueno consiste en librar a la mujer del tumor que se propagaría hasta provocarle la muerte; y el malo sería el fenecimiento del feto. Ambos efectos suceden en simultáneo, pero igualmente la licitud del acto no entra en crisis. Esto responde a que el efecto malo no es causa del efecto bueno (7).

El distingo con el aborto llamado terapéutico es patente, pues en este la acción consiste en aniquilar al niño por nacer, con el propósito de salvar a la madre; en tanto que en el aborto indirecto "el acto no consiste en matar el feto, sino en aplicar una terapia a la madre —en este caso, quitarle un tumor maligno—. Para que sea lícito, es menester, recuérdese, que el acto (la terapia) sea el único medio para lograr el efecto bueno (la salud de la madre); por esto, hay casos en que no se puede justificar la ablación del útero: por ejemplo, cuando el curso del embarazo detiene el progreso del cáncer" (8).

Asimismo, se exige la inexistencia de otro procedimiento eficaz en orden a sanar a la madre que sea innocuo o menos lesivo para el feto; a lo que debe añadirse la urgencia, es decir, la imposibilidad de aguardar más tiempo en pos de que el feto sea viable (o, en otras palabras, que pueda sobrevivir a su expulsión) (9).

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Publicado en DPyC, 19/10/2018, 112

Notas

(1) TALE, C., "El principio ético-jurídico que prohíbe matar. (Formulación precisa. Aplicaciones en las cuestiones bioéticas y de filosofía política)", Ed. Trejo y Sanabria, Córdoba, 2011, vide,acápite sobre aborto indirecto.

(2) Explica Santo Tomás de Aquino que "nada impide que de un solo acto haya dos efectos, de los cuales uno sólo es intencionado y el otro no. Pero los actos morales reciben su especie de lo que está en la intención y no, por el contrario, de lo que es ajeno a ella, ya que esto le es accidental, como consta de lo expuesto en los lugares anteriores (q. 43 a.3; 1-2 q. 72 a.1)" [SANTO TOMÁS de AQUINO, "Suma de Teología", II-II (a), q. 64, a. 7., Madrid, 1998, 3ª ed. de la BAC].

 (3) BASSO, G. M., "Los Fundamentos de la Moral", Ed. Educa, Buenos Aires, 1997, 2ª ed., p. 147.

 (4) TALE, C., ob. cit., vide acápite sobre aborto indirecto y doble efecto.

 (5) Ibidem.

 (6) Ibidem .

 (7) Ibidem .

 (8) Ibidem .

 (9) Ibidem .

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miércoles, 3 de abril de 2019

JÉRÔME LEJEUNE: A 25 AÑOS DE SU MUERTE

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NOTIVIDAAño XIX, Nº 1153, 3 de abril de 2019

JÉRÔME LEJEUNE: A 25 AÑOS DE SU MUERTE

Se cumplen hoy 25 años de la muerte del Profesor Jérôme Lejeune. La causa de beatificación se inició en junio de 2007, el proceso diocesano se cerró en abril de 2012 en la Catedral de Notre Dame (París) y ahora se espera un milagro obrado por su mediación ¡Cuántas cosas suceden hoy en nuestra Patria que podemos encomendarle a este ardiente defensor de la Vida y la Familia!

Publicamos a continuación el abstract de una conferencia dictada en el año 2005, en el marco de las VIII Jornadas de Formación Católica: “Arquetipos y modelos en la defensa de la Vida y la familia”.

Jérôme Lejeune (13/06/1926-3/04/1994)

Un apasionado por la obra del Creador

Por Mónica del Río

Jérôme Lejeune es uno de los padres de la genética moderna; médico, catedrático y científico; descubridor de numerosas enfermedades de origen genético, la más conocida, la trisomía 21, anomalía que produce el síndrome de Down, que descubrió en 1958, cuando sólo contaba 32 años.

En aquella época se la consideraba una enfermedad vergonzosa que se atribuía a la sífilis y se pensaba incluso que podía ser contagiosa. Los enfermos eran escondidos por sus padres y la gente cruzaba de vereda al encontrarlos en la calle; sin embargo, despertaron la ternura de Lejeune que los describió como a “niños más niños que los demás”. La medicina es algo sumamente sencillo que se parece muchísimo al Catecismo, decía Lejeune, “así como hay que odiar al pecado, pero amar al pecador; hay que odiar a la enfermedad, pero amar al enfermo”.

Tras la publicación de su primer descubrimiento científico, Lejeune vivió una década triunfal, durante los 60, sus investigaciones se vieron coronadas por nuevos descubrimientos que incrementaron su prestigio, recibió varios galardones, fue designado miembro de las más ilustres academias y doctor honoris causa por muchas universidades.

A comienzos de la década del 70, cuando se inicia en Francia el debate que precedió a la legalización del aborto, su vida dio un notorio vuelco. Lejeune comienza su combate provida y sella su destino. En los 70 comienza su militancia, proclamará desde entonces, a tiempo y destiempo, la verdad científica que se quería silenciar. Era el padre de la genética moderna, era experto en esa disciplina que pone en evidencia el momento del inicio de la vida y señala inevitablemente el crimen. “Digan que ese pequeño hombrecito les molesta y prefieren matarlo, pero digan la verdad. Es un hombrecito, ni una amalgama de células, ni un pequeño chimpancé, ni un ser humano en potencia”.

En el prólogo de la biografía que Clara Lejeune escribió de su padre, lo define como “un hombre fuera de lo común que, por convicción, eligió un destino perdido de antemano; un pesimista cuyo realismo estaba animado por una esperanza formidable”.

Repetir con voz fuerte e infatigable la verdad que la ciencia ofrecía a sus ojos, lo sumió en un combate violento. Conoció las afrentas y las humillaciones, el abandono de los amigos, el menosprecio de los colegas y los apuros económicos. Nada lo detuvo, por el contrario, templó su carácter y remató muchos de sus discursos con un firme: “No abandonaremos jamás”.

A su muerte decía el Papa Juan Pablo II: “El profesor Lejeune se convirtió en uno de los defensores más ardientes de la vida, especialmente de la vida de los niños por nacer (…) asumió plenamente la responsabilidad particular del sabio, dispuesto a convertirse en un signo de contradicción, sin tener en cuenta las presiones externas ejercidas por la sociedad permisiva ni el ostracismo al que lo habían condenado”.

Lejeune fue el gran impulsor de la Academia Pontificia para la Vida, a él se debe la iniciativa de su creación, pero sólo pudo presidirla 33 días antes de su muerte. Diez años después, la Asamblea General de esa misma Academia, recibía de pie y con viva ovación la propuesta de apertura del proceso de beatificación de su primer presidente, de labios del Card. Fiorenzo Angelini, presidente emérito del Consejo Pontificio para la Pastoral de la Salud.

Lejeune fue un hombre de Fe que amaba a su Patria a punto tal de no querer abandonarla cuando en el exterior se le ofrecía un mejor pasar; pero por sobre todo fue un científico honesto. Los niños por nacer eran tan palpables desde su ciencia, como los son los ya nacidos para nosotros y a pesar de las presiones no escamoteó la verdad y cumplió finalmente con aquello que anticipó al término de tantos discursos, no lo doblegaron, no abandonó.

El derecho a la vida peligra hoy en nuestra Patria, tanto o más que en aquella Francia de comienzos de los 70 que cambió el destino de Lejeune. Quiera Dios que también nosotros podamos decir un día –frente al Señor de la historia- que jamás hemos abandonado.

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martes, 2 de abril de 2019

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