martes, 8 de septiembre de 2015

GESTACIÓN POR SUSTITUCIÓN

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NOTIVIDA, Año XV, Nº 984, 8 de septiembre de 2015

GESTACIÓN POR SUSTITUCIÓN

Presentaron hoy en el Senado el proyecto de la senadora Laura Montero para regular la “gestación por sustitución”.

Durante la jornada expusieron a favor de la iniciativa la Dra. Eleonora Lamm (investigadora del Conicet y Subdirectora de Derechos Humanos de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza), la Dra. Marisa Herrera (docente e investigadora de la Facultad de Derecho-UBA), la ex diputada radical María Luisa Storani, Isabel Rolando presidente de la asociación Concebir, la diputada nacional Araceli Ferreyra (FpV, Ctes.) y la diputada porteña María Rachid (FpV) que consideró excesivos los requisitos que el proyecto impone a gestantes y comitentes.

Para Lamm la falta de regulación sobre “gestación por sustitución” genera “turismo reproductivo”. La jurista remarcó que hay parejas de dos hombres y “somos un país con matrimonio igualitario”. Rolando dijo que en la asociación Concebir recibieron varias consultas de dos hombres que quieren tener un hijo. Herrera dedicó buena parte de su tiempo a ponderar el diagnóstico genético preimplantatorio (DGP) y a criticar el reciente fallo de la CSJN que sostiene que el DGP no está incluido en la cobertura establecida por la ley 26862, de Fecundación artificial. Storani y Ferreyra consideraron que el proyecto salva las inquietudes del movimiento feminista sobre “la utilización del cuerpo de la mujer”.

Sólo habló en contra de la gestación por sustitución el Dr. Ernesto Lamuedra que afirmó que el proyecto no va a evitar “ni la explotación de mujeres pobres ni el tráfico de bebés”. En respuesta a la presentación de Montero dijo que el argumento de que “porque existe en la realidad hay que regularla” es falaz. Hay muchas “realidades que no son modélicas”, añadió Lamuedra. Los chicos, sostuvo, tienen derecho a tener padre y madre y a algunos se los va a privar de su madre. Advirtió que el proyecto le exige tres años de residencia a los comitentes pero la gestante podría ser extranjera.

Antecedentes

El Anteproyecto del nuevo Código Civil elaborado por la comisión redactora contemplaba un artículo que expresamente regulaba la gestación por sustitución; disposición que fue quitada del texto definitivo al pasar por la Cámara de Senadores. Pero cuando Aída Kemelmajer de Carlucci expuso sobre filiación en el Senado (14/08/2012) aclaró que la gestación por sustitución era inescindible del nuevo Código Civil porque “las lesbianas van a poder tener un hijo genéticamente propio, pero los gays siempre van a necesitar a alguien que les geste”.

La senadora Laura Montero afirma ahora que su expediente (2574/15) se “ha pensado y escrito en absoluta consonancia con el nuevo Código Civil, resultando en todos sus aspectos compatible y complementario del flamante texto civil”. Enfatiza que “la gestación por sustitución representa la única opción que tiene una pareja homosexual compuesta por dos varones de tener un hijo genéticamente propio (aunque sólo de uno de ellos), por lo que, conforme a los principios de libertad, igualdad y no discriminación, la gestación por sustitución debe legalizarse”.

El expediente deberá ser estudiado por las comisiones de Legislación General, de Salud y de Justicia.

El proyecto

Gestación por sustitución

“La gestación por sustitución es una forma de reproducción humana médicamente asistida por medio de la cual una persona, denominada gestante, acuerda con otra persona, o con una pareja, denominadas comitente, gestar un embrión con el fin de que la persona nacida tenga vínculos jurídicos de filiación con la parte comitente”.

Requisitos de la gestante

No debe aportar sus gametos; Debe tener buena salud física y psíquica; No haberse sometido a un proceso de gestación por sustitución más de 2 veces;  Haber dado a luz, al menos, a un hijo propio.

Requisitos de los comitentes

Al menos uno debe aportar sus gametos y tener 3 años de residencia ininterrumpida en el país, deben tener imposibilidad de concebir, o de llevar un embarazo a término sin riesgo para su salud, o para la salud del niño por nacer.

Autorización judicial

Todo acuerdo de gestación por sustitución debe ser judicialmente autorizado. El juez debe contar con el dictamen de un equipo multidisciplinario que certifique que la gestante y los comitentes cumplen los requisitos previstos.

Aborto

“Si durante la gestación se produce alguna de las causales de interrupción del embarazo autorizadas por el Código Penal, la gestante puede optar libremente por algunas de las alternativas previstas en esa ley”.

Comercio de vientres

“El acuerdo de gestación por sustitución no puede tener carácter lucrativo o comercial” pero la gestante “tiene derecho a percibir una compensación para cubrir los gastos básicos durante los meses de embarazo y post parto”. “El Ministerio de Salud de la Nación establecerá la fórmula mediante la cual se calcula el monto de esta compensación”.

Registro de gestantes

Crea un registro de gestantes en el ámbito del Ministerio de Salud de la Nación, donde se inscribirá a las personas que actúen como tales en los acuerdos de gestación por sustitución.

Derecho a la identidad

“El certificado y la partida de nacimiento se emitirán haciendo consignar el vínculo de filiación con la o las personas comitentes, sin dejar constancia del nombre de la gestante” pero la persona nacida como consecuencia de un acuerdo de gestación por sustitución “tiene derecho de acceder al expediente judicial” alcanzada “la edad y madurez suficiente”.

Penalidades

Se prevé modificar el Código Penal para reprimir con reclusión o prisión de 3 a 6 años al que de cualquier modo intermediare en la transferencia de un embrión sin la correspondiente autorización judicial que vence en el plazo de 1 año.

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NOTIVIDA, Año XV, Nº 984, 8 de septiembre de 2015

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lunes, 31 de agosto de 2015

#PorTuFamilia

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NOTIVIDA, Año XV, Nº 983, 31 de agosto de 2015

#PorTuFamilia

La Red Federal de Familias (RFF) convocó a una Marcha Nacional por la Vida y la Familia para el próximo 21 de octubre.

Los organizadores recuerdan en la convocatoria que la Ciudad de Buenos Aires sancionó la primera Ley de unión civil de Latinoamérica y que Argentina es el primer país latinoamericano que admitió el “matrimonio” homosexual. Añaden que nuestro país tiene al primer bebe del mundo inscripto con dos padres y al primer bebe con triple filiación de América Latina.

Tras enfatizar que en los últimos años muchas leyes inicuas fueron sancionadas por unanimidad (“Violencia contra la mujer”, “Identidad de género”, eutanasia pasiva, etc) explican que los legisladores obran así cuando no hay condena social y reconocen con tristeza que la unanimidad con la que se están aprobando leyes tan preocupantes en un país mayoritariamente católico, evidencia, cuando menos, la indiferencia de la enorme mayoría del pueblo argentino.

Con renovado empeño la entidad se propone reconocer, difundir y promover la vigencia, en el orden social, de los siguientes principios no negociables y constitutivos de su Ideario y finalidad: a) el respeto y la protección de la vida humana en todas las etapas de su desarrollo, desde la concepción y hasta la muerte natural; b) la estructura natural de la familia fundada en el matrimonio de un varón y una mujer, abierto a la transmisión de la vida; c) el derecho y deber originarios de los padres a educar a sus hijos conforme a sus convicciones morales y religiosas; y d) la procura y promoción del Bien Común como deber de gobernantes y gobernados.

Advierten que desde la creación de la RFF la vigencia de esos principios ha sido prácticamente desterrada de nuestro sistema legal e institucional, por la acción de los diversas instituciones y órganos políticos, con el apoyo cada vez más comprometido y cómplice de los medios de comunicación masiva y de opinión, de muchos de los cuales el Estado es propietario, por sí o por conocidos personeros suyos. Todo ello bajo la servil sumisión a la presión de los organismos, asociaciones e intereses internacionales, con despreciable abandono del ejercicio de nuestra Soberanía Nacional.

Señalan con preocupación que este año:

  1. Entró en vigencia el nuevo Código Civil
  2. Se sancionó por unanimidad la Ley antidiscriminatoria de la Ciudad de Buenos Aires y cobró nuevo impulso el proyecto nacional.
  3. Se pronunció la CSJN sobre eutanasia pasiva
  4. El Ministerio de Salud de la Nación publicó el “Protocolo para la atención integral de personas con derecho a la interrupción legal del embarazo”.

Consideran que ante esta situación acuciante es imperioso movilizar a todas las personas y asociaciones vinculadas a la Red o comprometidas con los principios enunciados más arriba en la búsqueda urgente de soluciones que permitan revertir el estado actual de las cosas y rescatar las instituciones políticas y sociales de la Patria y las fuerzas morales de la población ya devastadas.

Creen que no todo está perdido y que la Providencia, a través de las circunstancias de nuestro tiempo y de la realidad social y política de nuestra Patria, nos pone frente al urgente e ineludible compromiso de dar testimonio y por eso instan a manifestarse el próximo 21 de octubre a las 18 hs. frente al Congreso de la Nación y las legislaturas provinciales.  

Concluyen con esta invitación, que hacemos nuestra: “Sumate PorTuFamilia”.

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viernes, 28 de agosto de 2015

DÍA NACIONAL DE LUCHA CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO EN LOS MEDIOS

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NOTIVIDA, Año XV, Nº 982, 28 de agosto de 2015

DÍA NACIONAL DE LUCHA CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO EN LOS MEDIOS

En su última sesión la Cámara de Diputados le dio sanción definitiva al proyecto de ley  que instituye al 11 de marzo de cada año como Día Nacional de Lucha contra la Violencia de Género en los Medios de Comunicación. La ley prevé un tratamiento “plural, igualitario y no estereotipado” de hombres y mujeres, “evitando toda discriminación por género u orientación sexual”.

La iniciativa -de las senadoras Sigrid Kunath y Mirtha Luna (ambas del FpV)- había sido aprobada por unanimidad en el Senado durante la sesión del 28 de mayo de 2014. En Diputados sólo votó en contra Pablo López (Partido Obrero) porque consideró que la ley “usurpa las fechas fijadas por las organizaciones”, ya existe el Día Internacional de la Mujer (8 de marzo) y el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer (25 de noviembre).

La fecha fue elegida en conmemoración del 11 de marzo de 2009, día en que  el Congreso de la Nación sancionó la ley 26.485, de Protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres. La ley “tiene como finalidad promover la protección y salvaguarda de la igualdad entre mujeres y hombres y el tratamiento plural, igualitario y no estereotipado, evitando toda discriminación por género u orientación sexual en los medios de comunicación” (art. 2º). “En el mes de marzo de cada año el Poder Ejecutivo nacional, a través de los organismos que correspondan, desarrollará actividades de capacitación, difusión, prevención y concientización que promuevan la reflexión crítica sobre la violencia de género en los medios de comunicación” (art. 3º).

Durante la sesión Ana Gaillard (FpV, E.Ríos) afirmó: “si bien avanzamos en el plano legislativo, todavía queda pendiente la batalla cultural en los medios de comunicación para que el tema se respete en cuanto al tratamiento de las noticias y no se discrimine por orientación sexual o género”.

Para conocer el resultado de la votación ingrese aquí

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jueves, 6 de agosto de 2015

LA ANM SOBRE PROTOCOLO DE ABORTO DEL GOBIERNO NACIONAL

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NOTIVIDA, Año XV, Nº 981, 6 de agosto de 2015

LA ANM SOBRE PROTOCOLO DE ABORTO DEL GOBIERNO NACIONAL

En su último plenario la Academia Nacional de Medicina emitió una declaración en la que reclama formalmente que el Ministerio de Salud de la Nación se expida sobre la validez y alcances del Protocolo que apareció subrepticiamente en su página web.

La Academia Nacional de Medicina hizo pública su preocupación por el “Protocolo para la atención integral de personas con derecho a la interrupción legal del embarazo” publicado por el Ministerio de Salud de la Nación.

Con respecto a la objeción de conciencia dicen los facultativos: “la profesión médica enfrenta al médico con situaciones en las cuales entran en conflicto los valores. En este caso el valor de la vida, que debe ser respetada desde el inicio. El médico se enfrenta día a día a situaciones que implican juicios de valor”.

Abogan por “el derecho de los  médicos a actuar en el ejercicio de la profesión con total libertad de conciencia, acorde a sus principios éticos y conocimientos científicos y en la medida que no vulnere derechos de otras personas”.  

Afirman que el Protocolo “carece de validez legal” porque “no es una resolución ni una disposición del Ministerio de Salud”.

Alertan a “la ciudadanía, a las instituciones médicas y sociales, a los colegios médicos, a las instituciones judiciales y religiosas, sobre recomendaciones que están en contra de los principios más fundamentales de la práctica médica y de la defensa de la vida”.

Finalmente hacen un “reclamo formal a las autoridades del Ministerio de Salud de la Nación para que se expidan sobre la validez y alcances de este Protocolo que ha determinado procedimientos médicos y forzado acciones médicas reñidas con la ética y con la ley”.

La Declaración se suma a las que han difundido las Academias de Derecho y Ciencias Sociales, de Ciencias Morales y Políticas y la Academia del Plata, entre otras prestigiosas instituciones.

Para acceder al texto completo de la Declaración pulse aquí.

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NOTIVIDA, Año XV, Nº 980, 6 de agosto de 2015

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miércoles, 29 de julio de 2015

IMPULSAN UNA LEY DE ABORTO EN SALTA

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NOTIVIDA, Año XV, Nº 980, 29 de julio de 2015

Cámara de Diputados de Salta

IMPULSAN UNA LEY DE ABORTO EN SALTA

El proyecto fue discutido en la sesión de ayer y girado para su estudio a las comisiones de Salud, Justicia y Legislación general.

Los diputados salteños debatieron sobre el Proyecto de ley presentado por el Partido Obrero (91-34.858/15). El expediente -que lleva la firma de los legisladores Gabriela Jorge, Claudio Del Plá y Norma Colpari- no obtuvo dictamen y deberá ser analizado en las comisiones. Durante la sesión, la legisladora Gabriela Jorge habló del aborto como “un derecho de las mujeres”, mientras que los legisladores Baltasar Lara Gros y Fabián Bruna Pérez (ambos del Partido Renovador) cuestionaron el proyecto.

El Partido Obrero intenta reemplazar con esta ley la Guía para practicar abortos en casos de violación que el Ejecutivo provincial implementó mediante el Dec. 1170/2012. La consideran restrictiva y cuestionan de modo particular que no alcance con la palabra de la mujer para acreditar una violación y que se fije un límite de 10 semanas de gestación para practicar el aborto.

El proyecto en estudio ampliaría enormemente las causales de aborto contempladas en la Guía utilizada actualmente en la provincia, ya que a los casos de violación añade los de peligro para la salud (física o psíquica) de la mujer.

El aborto se practicaría a petición de la mujer desde los 14 años, y su decisión no se podría someter “a juicios derivados de consideraciones personales, religiosas o axiológicas”. Prohíbe expresamente la objeción de conciencia de los profesionales de la salud porque -según dice el proyecto- “no supone el ejercicio de un derecho por parte de un profesional sino la denegación de un derecho de las mujeres”.

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domingo, 12 de julio de 2015

EL "GRAN BONETE" HA LANZADO UN PROTOCOLO

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NOTIVIDA, Año XV, Nº 979, 11 de julio de 2015

 

EL “GRAN BONETE” HA LANZADO UN PROTOCOLO

Yo señor. Sí señor. No señor. Pues entonces ¿quién es el responsable?

Yo señor. Sí señor. No señor. Pues entonces ¿quién debería desautorizarlo?

Días atrás apareció un Protocolo sobre aborto en la web del Ministerio de Salud de la Nación, después de que la CEA lo fustigó la cartera de salud publicó un breve comunicado oficial afirmando que “no existe ninguna Resolución Ministerial referida a ese tema” y al día siguiente el Jefe de Gabinete Aníbal Fernández dijo: “la legalización del aborto no figura en la agenda del Gobierno”. Lo concreto es que el Protocolo sigue colgado de la web del Ministerio y nadie lo ha desautorizado.

En su habitual columna en el programa “Claves para un Mundo Mejor”, Mons. Héctor Aguer, Arzobispo de La Plata, reflexionó sobre el Protocolo con el que “una dependencia del Gobierno Nacional está impulsando el aborto en todo el territorio del país”.

El prelado platense destacó, entre otras cosas, que el instructivo no prevé alternativas para ofrecerle a la gestante en riesgo, no estipula plazos para la realización de un aborto y no reconoce el derecho a la objeción de conciencia de los profesionales de la salud.

Enfatizó que “este Protocolo apareció de un modo un tanto subrepticio porque se colgó en la Página Web del Ministerio de Salud” y preguntó “¿significa que la Presidente de la Nación lo ha decidido o aprobado; o el Ministro? ¿Quién asume la responsabilidad?”.

Concluyó recordando que “la Comisión Ejecutiva de la Conferencia Episcopal Argentina publicó una declaración criticando esta voltereta pro-abortista”, a la que, curiosamente, “los medios no le dieron suficiente difusión” y que los “derechos humanos” valen también para el niño por nacer: “no existe un derecho de la madre, ni de nadie, a matarlo”.

A continuación el texto completo de la alocución televisiva de Mons. Aguer:

“Amigos de Claves: hoy quiero hablarles de algo muy serio. En realidad, siempre les hablo de cosas serias, pero esto es particularmente grave. Seguramente ustedes han oído hablar ya del tema que voy a proponerles”.

“Hace unos pocos días, diez días más o menos, pocos días después del encuentro de la Presidente de la Nación con el Santo Padre Francisco, el Ministerio de Salud de la Nación ha publicado en su Página Web, medio subrepticiamente, un protocolo sobre los abortos no punibles. Así se los llamaba en una versión anterior pero ahora hablan del derecho al aborto”.

“Hay algo muy raro aquí: podríamos decir que sin mediar una ley, de un día para otro, una dependencia del Gobierno Nacional está impulsando el aborto en todo el territorio del país. Este Protocolo habla “del derecho a la interrupción legal del embarazo” y lo hace sin aclarar en qué circunstancias es decir que cualquier chica o adolescente o mujer embarazada, se cita en especial el caso de la violación, puede ir a hacerse un aborto y no hace falta que la acompañe nadie”.

“Además se habla del “consentimiento informado” pero no proponen informarle a la gestante que ella podría tener el bebé y que el bebé podría darse en adopción, podría desplegarse todo un conjunto de acciones para ayudar a la chica, a la adolescente, a la mujer embarazada a tener ese niño.  Pero no, aquí se asienta un principio perverso y es que la vida del niño no vale nada”.

“Tampoco se ponen plazos por lo cual la mujer podría ir hasta no sé cuántas semana de embarazo, hasta casi a punto de nacer el bebé y allí matarlo, liquidarlo. ¿Cómo es posible eso?”

“La Constitución Nacional, el Código Civil recientemente sancionado y aprobado dice que la vida de la persona comienza en la concepción. O sea que se otorga a una persona embarazada, la madre, el derecho a liquidar a su hijo pero no se reconoce el derecho del hijo a nacer, el humanísimo derecho de la persona a nacer”.

“Otra cuestión muy grave: es la cuestión de la objeción de conciencia. En el Protocolo se señala que hay obligación de hacer el aborto. No puede un Instituto negarse a hacer el aborto solicitado y si un médico hace objeción de conciencia tiene que ir a buscar a otro que lo haga, y si no encuentra otro tiene que hacerlo él. Esto es una cosa inconcebible porque no se advierte que en el caso del aborto se trata de matar a una persona. La persona puede ser un embrión, puede ser un feto pequeño o uno a punto de nacer y se lo puede liquidar en nombre del derecho. Suele invocarse como fundamento de tal derecho la perspectiva de género, una supuesta reivindicación de la condición femenina”.

“Podríamos incluir también en nuestra crítica la visión ecológica. El Santo Padre Francisco acaba de publicar, hace poco, una Encíclica titulada “Laudato Si”, en la que habla de la ecología integral; en varias ocasiones se refiere al aborto precisamente. La destrucción de la tierra, el desgaste indebido, estas cosas dañinas que hacemos los hombres con la creación de Dios se verifica también y de un modo particular en el caso de la liquidación de una criatura”.

“Al hablar de este Protocolo puedo preguntarme: ¿qué valor tiene? La verdad es que no lo sé, porque no puede ser obligatorio. Las Provincias no tienen por qué hacerse cargo de esto y muchas tienen sus propia legislación al respecto, aunque desgraciadamente siempre dando lugar al aborto, al parecer se intenta ahora imponerlo a todo el país con una nueva fuerza”.

“He dicho que este Protocolo apareció de un modo un tanto subrepticio porque se colgó en la Página Web del Ministerio de Salud. Entonces: ¿eso significa un decreto? ¿Significa que la Presidente de la Nación lo ha decidido o aprobado; o el Ministro? ¿Quién asume la responsabilidad?”.

“La Comisión Ejecutiva de la Conferencia Episcopal Argentina publicó una declaración criticando esta voltereta pro-abortista, pero los medios no le dieron suficiente difusión. Afirmemos una vez más el derecho a nacer de los niños por nacer. Un embrión es una persona humana en el primer e ínfimo grado de desarrollo; pero lo es. Los derechos humanos valen también para él, y no existe un derecho de la madre, ni de nadie, a matarlo”.

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NOTIVIDA, Año XV, Nº 979, 11 de julio de 2015

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miércoles, 8 de julio de 2015

MURIÓ MARCELO DIEZ Y NO HIZO FALTA VERDUGO

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NOTIVIDA, Año XV, Nº 978, 8 de julio de 2015

Neuquén, Argentina

MURIÓ MARCELO DIEZ Y NO HIZO FALTA VERDUGO

Marcelo Diez se encontraba desde hace unos días en terapia intensiva y con asistencia respiratoria por causa de una neumonía. Cuántos interrogantes dejó su muerte. ¿Los ministros de la Corte desconocían el estado de salud de Marcelo Diez? ¿Apuraron la sentencia para no volver a pronunciarse en abstracto como hicieron con aborto? La causa judicial se inició hace más de 5 años y murió el mismo día en que lo condenaron a muerte ¿mera coincidencia?

El caso

Marcelo Diez quedó en estado vegetativo por una infección intrahospitalaria que contrajo en el Hospital de Neuquén, al que arribó tras un accidente de tránsito hace 20 años. Hasta hace pocos días se alojó en LUNCEC, recibiendo el afecto de la gente que a diario lo higienizaba, lo paseaba en silla de ruedas y lo integraba en las actividades del resto de los pacientes.

Las hermanas -sus curadoras judiciales- pidieron en el 2011 que se le retire el soporte vital (alimentación, hidratación e higienización) y cese el suministro de medicamentos, visitas y demás cuidados que recibía.

La semana pasada contrajo neumonía, razón por la cual lo internaron en el Cmic donde habría fallecido por un paro cardio-respiratorio.

El obispo de Neuquén, Mons. Virginio Bresanelli volvió a afirmar hoy que “Marcelo gozaba de ‘conciencia mínima’ que le permitía también una mínima percepción de la realidad, que por momentos se leían en su rostro y veíamos en sus limitadas reacciones”, tal como se puede observar en el video.

El giro judicial que provocó la ley de “muerte digna”

La justicia neuquina de primera y segunda instancia no permitió que maten a Marcelo Diez, pero en abril de 2013 -y a partir de la mal llamada “ley de muerte digna”- el Tribunal Superior de Justicia de Neuquén dispuso que no se requiere de autorización judicial para el retiro, cese y abstención de todas las medidas de soporte vital. La sentencia fue apelada por el Defensor Oficial y el Curador ad litem, razón por la cual llegó a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Ayer la Corte confirmó la sentencia del Tribunal Superior neuquino con el voto de los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda que interpretaron mal una ley de por sí inicua, de modo tal de hacerla aún más expresamente violatoria del orden natural y del orden constitucional.

La eutanasia, sea pasiva o activa, es de suyo perversa, siempre alude al ejercicio de un derecho no disponible, cual es el de la vida. El caso de Marcelo Diez evidencia, además, que usualmente se ejecuta sobre aquellas personas que un despiadado criterio utilitarista considera inútiles, improductivas o gravosas para la sociedad.

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