jueves, 13 de octubre de 2022

AVANZA LA LEY LUCIO EN DIPUTADOS

NOTIVIDA, Año XXI, Nº 1303, 13 de octubre de 2022

AVANZA LA LEY LUCIO EN DIPUTADOS

El proyecto que prevé la “capacitación obligatoria de funcionarios públicos en prevención y detección temprana de la violencia contra los niños” (Ley Lucio) obtuvo despacho en la Comisión de Familia, resta que lo estudie Presupuesto.

El expediente (4902-D-2021) fue promovido por el diputado Martín Maquieyra y cofirmado por más de una treintena de diputados de Juntos por el Cambio.

La presentación se hizo tras el crimen de Lucio Dupuy un niño de 5 años asesinado brutalmente por su madre Magdalena Expósito Valenti, de 24 años, y su pareja Abigail Páez, de 27 años. El equipo forense que realizó la autopsia detectó que el pequeño había sido torturado durante largo tiempo, presentaba fuertes golpes, quemaduras de cigarrillos y mordeduras. Algunas lesiones eran recientes y otras antiguas.

El dictamen unificó el proyecto de Maquieyra con los exptes. 5220/2022 de Paola Vessvessian (FdT, Sta Cruz) y 2940/2022 de Roxana Reyes (UCR, Sta.Cruz)

Durante la reunión de comisión realizada hoy Maquieyra agradeció la lucha de los abuelos de Lucio, presentes en la sala y destacó tres puntos de su proyecto: 1) la capacitación a todo el personal para que nadie deje de denunciar (Lucio tuvo 5 entradas distintas en el hospital), 2) las campañas de concientización para que todos conozcan las alertas tempranas y 3) la reserva de identidad para que nadie tenga temor a denunciar. Resaltó que en La Pampa hay una denuncia diaria por abuso infantil. 

Vessvessian pidió seguir trabajando sobre las alertas tempranas y enfatizó que el proyecto rescata el derecho del niño a ser oído y el rol del Consejo Federal de Niñez.

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miércoles, 28 de septiembre de 2022

PROPONEN CAPACITACIÓN OBLIGATORIA CONTRA EL ODIO

NOTIVIDA, Año XXI, Nº 1302, 28 de septiembre de 2022

PROPONEN CAPACITACIÓN OBLIGATORIA “CONTRA EL ODIO”

El proyecto (expte.5134/2022) presentado por el diputado Eduardo Valdés (FdT, Ciudad de BsAs) establecería la capacitación obligatoria, periódica y permanente en la temática contra el odio, para todas las personas que se desempeñen en la función pública en todos sus niveles y jerarquías en los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Nación.

“Los discursos de odio son una amenaza a los Derechos Humanos”, afirma Valdés en los fundamentos, por el contrario, como decía el P. Sanahuja, las leyes para prevenir el odio son “fruto de la reinterpretación de los tratados de derechos humanos, puesta en marcha por la ONU y los otros centros de poder del nuevo orden mundial. Estos organismos han trastocado el significado de las palabras e imponen tiránicamente esa tergiversación. Además, consideran que el desacuerdo con sus pretensiones es de por sí violento y agresivo” (Noticias Globales 1102, 13/045/2011).

El proyecto prevé que la autoridad de aplicación (que será definida por el Poder Ejecutivo) diseñe los lineamientos generales de las capacitaciones, certifique la calidad de las mismas y capacite a las máximas autoridades de tres poderes del estado.

En su página web la autoridad de aplicación publicará el grado de cumplimiento de esta ley en cada uno de los organismos públicos y brindará un informe con la nómina de altas autoridades del país que se han capacitado.

Los que se negaren “sin justa causa” a realizar las capacitaciones serán intimados en forma fehaciente. “El incumplimiento de dicha intimación será considerado falta grave dando lugar a la sanción disciplinaria pertinente”.

En los fundamentos de la iniciativa Valdés afirma que las expresiones de odio contra una persona o grupo en base a su raza, religión, nacionalidad, género, orientación sexual, discapacidad, ideología política u otra característica grupal, están muy presentes en la actualidad.

También menciona al “Informe: discurso de odio” elaborado en diciembre de 2020 por el INADI, donde se señala que “el discurso de odio se genera y propaga principalmente a través de tres canales que se retroalimentan entre sí; a saber: los medios de comunicación, Internet y el espacio público”. Se agrega que: El estudio del discurso de odio visibiliza “una cosmovisión, con roles sociales, categorías cognitivas y estructuras mentales específicas. Todo lo cual está, sin duda, basado en una violencia simbólica (Bourdieu, s./f.) identificada con la difusión de patrones estereotipados, valores, íconos o signos que transmiten y reproducen dominación, desigualdad y discriminación en las relaciones sociales”.

Recordemos que desde la perspectiva del INADI cualquier alusión al orden natural redunda en la promoción de un “patrón estereotipado” que genera violencia y discriminación: Si el expediente presentado por Valdés se convierte en ley, los adalides del pensamiento único contarán con una nueva herramienta de persecución y amedrentamiento. 

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miércoles, 21 de septiembre de 2022

EL KIRCHNERISMO INGRESA NUEVO PROYECTO SOBRE EUTANASIA

NOTIVIDA, Año XXI, Nº 1301, 21 de septiembre de 2022

EL KIRCHNERISMO INGRESA NUEVO PROYECTO SOBRE EUTANASIA

El proyecto ingresado en la última semana regula el “derecho a acceder a la muerte voluntaria médicamente asistida” y se suma a los expedientes que estudia la comisión de salud.

La iniciativa (expte. 4855-D-2022) es de la autoría de Mara Brawer y está cofirmada por sus compañeros de bloque: Daniel Gollán, Pablo Carro, Hugo Yasky, Claudia Ormachea, Carolina Gaillard, Ma. Rosa Martínez, Susana Landriscini, Itaí Hagman y Lisandro Bormioli.

Como todos los proyectos de eutanasia se funda en una pretendida autonomía de la voluntad.

Garantiza la eutanasia a las personas mayores de 18 años que, “a causa de una enfermedad grave e incurable, de una lesión, o de un padecimiento crónico grave, progresivo e imposibilitante, estén sufriendo intensos dolores o padecimientos psíquicos, o una condición de gran dependencia y disminución de su integridad, que a juicio de la persona resulten indignos o intolerables”. Es decir, las condiciones para la eutanasia terminan siendo subjetivas y dependen de la percepción que tenga el paciente de su sufrimiento.

En caso de incapacidad para consentir o expresar el consentimiento, sólo se podrá aplicar la eutanasia al paciente que hubiera suscripto directivas anticipadas.

Objeción de conciencia: en similitud con los casos de aborto, el profesional que no esté dispuesto a matar a su paciente, deberá derivarlo “sin dilaciones”. Lo mismo el centro de salud que no cuente con personal que practique la eutanasia. El incumplimiento de esto “dará lugar a sanciones disciplinarias, administrativas, penales y/o civiles”.

Los objetores de conciencia “se abstendrán de emitir algún juicio valorativo de carácter religioso, ideológico o personal” y de intentar persuadir al paciente “con cualquier doctrina religiosa, ideológica o estrictamente personal” tratando de evitar la eutanasia.

La ley sería de orden público, con “aplicación obligatoria en todo territorio de la República Argentina”, cosa que no pasa con la Ley 27.678, de Cuidados paliativos (publicada en el BO hace un par de meses y aún sin reglamentar) que le deja a las provincias la posibilidad de adherir o no.

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viernes, 2 de septiembre de 2022

AVANZA LA “LEY MORDAZA” EN EL SENADO

NOTIVIDA, Año XXI, Nº 1300, 2 de septiembre de 2022

AVANZA LA MODIFICACIÓN DE LA ANTIDISCRIMINATORIA EN EL SENADO

Funcionaría como una "ley mordaza" para los defensores de orden natural

Las comisiones de la Banca de la Mujer y de Justicia, dictaminaron el proyecto de la senadora Maria Eugenia Catalfamo (Unidad Justicialista, San Luis) que incluye en la ley antidiscriminatoria la orientación sexual y la identidad de género. El expediente quedó listo para ser tratado en el recinto de la cámara alta.

El proyecto modifica la Ley Nº 23.592, Antidiscriminatoria, para incorporar entre los supuestos discriminatorios la orientación sexual y la identidad de género. Eleva las escalas penales para los delitos cometidos por "persecución u odio" por estos supuestos. Actualiza el valor de las multas para los propietarios, organizadores o responsables de locales bailables, de recreación, salas de espectáculos u otros de acceso público, donde se cometan actos discriminatorios.

Según se lee en los fundamentos, con la propuesta se busca "que la identidad de género o la orientación sexual sea sólo una característica, que no tenga ninguna otra connotación o valoración".

De convertirse en ley podrían ser sancionados los padres que se opongan a que a su hijo le digan en el colegio que puede elegir su orientación sexual, los docentes que enseñen que el matrimonio tiene una estructura natural, los que prediquen Romanos 1, 26-27, las congregaciones religiosas que no admitan homosexuales, los colegios que no acepten travestis entre sus docentes, etc

Durante el debate en comisión los legisladores de Juntos por el Cambio pidieron que el proyecto vuelva a asesores porque a último momento se habían introducido modificaciones no consensuadas respecto al monto de las multas y ellos entienden que éstas no deben expresarse en sumas fijas. Por esta razón no firmaron el dictamen, aunque manifestaron su total acuerdo con el espíritu de la iniciativa.

El dictamen producido esta semana (OD. 271/2022), lleva la firma de los presidentes de ambas comisiones Maria Eugenia Catalfamo (Banca de la Mujer) y Oscar Parrilli (Justicia), a los que acompañaron los senadores oficialistas: Silvia Sapag, Sandra Mendoza, Juliana Di Tullio, Guillermo Snopek, Ma. Eugenia Duré, Edgardo Kueider, María Teresa González, Carlos Linares, Ana María Ianni, Cristina López Valverde y Ricardo Guerra. También se sumaron María Clara Vega (Fuerza Cívica Riojana) y Alejandra Vigo (Hacemos por Córdoba).

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viernes, 19 de agosto de 2022

EUTANASIA EN DIPUTADOS: LOS PROYECTOS EN ESTUDIO

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NOTIVIDA, Año XXI, Nº 1299, 19 de agosto de 2022

EUTANASIA EN DIPUTADOS: LOS PROYECTOS EN ESTUDIO

Argentina se convirtió en una fábrica de falsos derechos. Cuando no se reconoce el orden moral natural, el orden jurídico y social se derrumban.

La comisión de Salud de la cámara baja estudia los 4 expedientes sobre eutanasia ingresados hasta el momento:

Expte. 4597-D-2021 Regula “el derecho de toda persona a solicitar y recibir la ayuda necesaria para morir” y está firmado por los radicales: Alfredo Cornejo (Mendoza), Jimena Latorre (Mendoza), Alejandro Cacace (San Luis), Facundo Suárez Lastra (Ciudad de BsAs), Juan Martín (Sta. Fe), Ximena García (Sta. Fe), Fabio Quetglas (BsAs), Albor Cantard (Sta. Fe), Gabriela Lena (Entre Ríos), Brenda Austin (Córdoba), Gonzalo Del Cerro (Sta. Fe), Claudia Najul (Mendoza), Luis Petri (Mendoza), Jorge Vara (Corrientes), Karina Banfi (BsAs) y Julieta Marcolli (Catamarca).    

Expte. 4734-D-2021 Regula “el derecho de toda persona que cumpla con los requisitos exigidos a solicitar y recibir la ayuda necesaria para morir dignamente” es de la autoría de de Gabriela Estévez y está cofirmado por: Mara Brawer (FdT, BsAs), Carla Carrizo (UCR, Ciudad de BsAs), Carolina Gaillard (FdT, Entre Ríos), Mónica Macha (FdT, BsAs), Cecilia Moreau (FdT, BsAs), Florencia Lampreabe (FdT, BsAs) y Jimena López (FdT, BsAs).

Expte. 3956-D-2022 Regula “el derecho que corresponde a toda persona que cumpla las condiciones exigidas, a solicitar la interrupción de su vida”. Fue presentado por Julio Cobos (UCR, Mendoza) y está cofirmado por Pamela Verasay, que es del mismo espacio político.

Expte. 4092-D-2022 Regula “el derecho de toda persona que cumpla con los requisitos exigidos a solicitar y recibir la ayuda necesaria para morir dignamente”. El proyecto es de Carolina Moisés (FdT, Jujuy).

Recordamos finamente que “nada ni nadie puede autorizar la muerte de un ser humano inocente, sea feto o embrión, niño o adulto, anciano, enfermo incurable o agonizante. Nadie además puede pedir este gesto homicida para sí mismo o para otros confiados a su responsabilidad ni puede consentirlo explícita o implícitamente. Ninguna autoridad puede legítimamente imponerlo ni permitirlo. Se trata en efecto de una violación de la ley divina, de una ofensa a la dignidad de la persona humana, de un crimen contra la vida, de un atentado contra la humanidad”. (Declaración Iura et bona. CDF, 5/05/1980).

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viernes, 29 de julio de 2022

TOTALITARISMO DE GÉNERO EN TUCUMÁN

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NOTIVIDA, Año XXI, Nº 1298, 29 de julio de 2022

Nota de la redacción: tras la emisión del último boletín, la diputada Virginia Cornejo retiró el expte. del que dábamos cuenta.

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EL GOBIERNO DE TUCUMÀN: PROMUEVE LA “DIVERSIDAD SEXUAL” EN LOS NIÑOS

Totalitarismo de género en las escuelas. Grave violación a los derechos de los padres.

En septiembre del año pasado el Ministerio de Educación de Tucumán dictó la Res. nº 1073/5 sobre “Identidad de Género”. En ese marco acaba de difundir una Guía sobre “Diversidad sexual en las escuelas” para “promover una enseñanza basada en la aceptación de la diversidad”, considerada como “un derecho para ser respetado y valorado”, desde el nivel inicial.

El documento dado a conocer esta semana atenta contra derechos y libertades fundamentales como las de pensamiento, conciencia, expresión, opinión, asociación y enseñanza.

 “Es importante siempre respetar el deseo y tiempos de quienes atraviesan una transición de identidad, amparándonos también, en el caso de niños, niñas y adolescentes, en lo que la Ley de Protección Integral de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes establece como el interés superior”, enfatiza la Guía.

Subraya que la Ley Nacional N° 26.150 de Educación Sexual Integral “entiende los derechos sexuales como derechos humanos y dispone la implementación de la educación sexual integral desde una mirada que contempla la diversidad sexual. A su vez otorga a docentes un rol fundamental como agentes garantes de derechos y brinda diferentes herramientas pedagógicas y prácticas en pos de construir escuelas que logren poner en valor la diversidad sexual”.

El marco normativo vigente en el país, afirma, “desafía a la escuela a estar a la altura de las circunstancias, educar en la diversidad ya no puede estar sujeto a la voluntad de los y las docentes, si no que implica construir garantías efectivas a los derechos humanos reconocidos por el Estado Nacional”.

Insta a darle a conocer a las familias “el marco normativo vigente en materia de diversidad sexual como un primer paso para asegurarnos que puedan acompañar y garantizar los derechos de nuestras infancias y adolescencias”. Construir consensos para garantizar esos “derechos” “será, seguramente, una tarea compleja y no exenta de tensiones en la que la escuela deberá detenerse a analizar estrategias de trabajo con este actor”.

“Es importante en este tema no perder de vista que lo que se debe garantizar en el marco del sistema integral de protección de derechos, es el interés superior de niños, niñas y adolescentes. En este sentido, es necesario acompañar e intervenir en las situaciones en las que las familias podrían estar obstaculizando o vulnerando los derechos personales de las infancias y adolescencias”.

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NOTIVIDA, Año XXI, Nº 1298, 29 de julio de 2022

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viernes, 22 de julio de 2022

INSTAN A SUSCRIBIR UN TRATADO INTERNACIONAL CONTRARIO AL ORDEN NATURAL

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NOTIVIDA, Año XXI, Nº 1297, 22 de julio de 2022

INSTAN A SUSCRIBIR UN TRATADO INTERNACIONAL CONTRARIO AL ORDEN NATURAL

Diputados de Juntos por el Cambio instan al Ejecutivo a suscribir y ratificar la “Convención Iberoamericana de los Derechos de los Jóvenes” (CIDJ) adoptada el 11 de octubre del 2005 en la ciudad española de Badajoz -en el marco de la Organización Iberoamericana de la Juventud-, y su “Protocolo Adicional”, firmado el 25 de octubre de 2016 en Cartagena de Indias, Colombia.

La “Convención Iberoamericana de Derechos de los Jóvenes” (CIDJ), junto a su Protocolo Adicional, constituyen el “Tratado Internacional de Derechos de la Juventud” (TIDJ), un Tratado que hasta el momento sólo ha ratificado Ecuador, durante el gobierno de Lenín Moreno.

El proyecto de declaración (expte. 3659/2022) que insta a suscribir y ratificar el TIDJ, fue presentado por la diputada Virginia Cornejo (PRO, Salta).

La CIDJ, en su artículo 5° establece el principio de no discriminación basado en la “orientación sexual”, entre otras categorías y en el art. 6° garantiza el “derecho a la igualdad de género”.

El art. 14 reconoce el “derecho” a la “propia identidad, consistente en la formación de su personalidad, en atención a sus especificidades y características de sexo”, entre ellas, la “orientación sexual”.

El art. 23 garantiza el “derecho a la educación sexual” en todos los niveles educativos y el art. 25 el “derecho” de los jóvenes a la “confidencialidad” “en lo relativo a su salud sexual y reproductiva”.

La adopción de la Convención por parte de los gobiernos iberoamericanos en 2005, fue alentada por un “auge neomarxista –‘progresista’-, que tiene en común con la derecha políticamente correcta su pansexualismo” (Noticias Globales 740, 7/10/2005).

En el año 2008, cuando este tratado entró en vigor, el P. Juan Claudio Sanahuja, escribía: “Esta Convención es un instrumento más de la reingeniería social anticristiana apadrinado desde su gestación principalmente por el Fondo para la Población de las Naciones Unidas (FNUAP-UNFPA) y por el Partido Socialista español (PSOE). Entre los supuestos derechos que “consagra” el documento aparecen: salud sexual y reproductiva (aborto encubierto), orientación sexual (homosexualidad), perspectiva de género, educación sexual, confidencialidad en temas de sexualidad (abolición de la patria potestad en cuestiones que se refieren a la sexualidad de los menores), etc”. (Noticias Globales 897, 4/06/2008).

Esas advertencias -hechas antes incluso de que la CIDJ fuera adoptada- quedaron explicitadas a fines del 2016 con el “Protocolo Adicional”, que “actualiza” la Convención, “ampliando” y “especificando” los “derechos” reconocidos en ella. Por ejemplo, el art.3 del Protocolo puntualiza:

1. Las personas jóvenes tienen derecho a elegir y expresar libremente su orientación sexual e identidad de género.

2. Los Estados Parte se comprometen a prevenir y sancionar todas las formas de discriminación contra las personas jóvenes por motivos de orientación y/o identidad de género

3. Los Estados Parte se comprometen a fomentar programas de educación y concientización para las personas jóvenes en cuestión de orientación sexual e identidad de género.

Si bien Argentina tiene leyes que contemplan la “orientación sexual” y la “Identidad de género”, no ha suscripto hasta el presente ningún tratado internacional que las incluya y sería grave que lo haga, ya que, a partir de la reforma de 1994, la Constitución Nacional le reconoce a los tratados una jerarquía superior a la de las leyes (art. 75 inc 22). 

Sorprende que Virginia Cornejo remate los fundamentos generalizando: “los Diputados de Juntos por el Cambio, consideramos útil y necesario en extremo, que a los efectos prácticos el presente proyecto sea suscripto a la brevedad”, cuando su espacio político se negó a firmar el Tratado porque, “tanto a nivel universal como regional, ya existen normas que protegen los derechos de estas personas”. Según consta en la nota que la Cancillería -que por entonces encabezaba Jorge Faurie- elevó al Congreso (PE387/19) en respuesta a un Pedido de Informe presentado por la Senadora kirchnerista Eugenia Catalfamo (S-2581/18).

Entre los motivos por los que el Gobierno de Cambiemos no iba a suscribir el TIDJ, la Cancillería apuntaba: “La posición tradicional de nuestro país en la materia ha sido la de evitar desagregar y/o reglamentar el contenido de las normas de derechos humanos universalmente reconocidas a través de nuevos instrumentos internacionales”.

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