lunes, 10 de mayo de 2021

LAS RECOMENDACIONES DEL COMITÉ DE BELEM DO PARÁ

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NOTIVIDA, Año XX, Nº 1247, 10 de mayo de 2021

LAS RECOMENDACIONES DEL COMITÉ DE SEGUIMIENTO DE BELEM DO PARÁ

Una herramienta internacional para imponer el aborto

Como informamos la semana pasada el Senado argentino le dio dictamen favorable a los proyectos que pretenden darle rango constitucional a la “Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer”, más conocida como Convención de Belem do Pará.

El dictamen (OD 113/2021) lleva la firma  de los senadores del Frente de Todos: Ma. de los Ángeles Sacnun (StaFe); Norma Durango (La Pampa); Claudio Doñate (Río Negro); Inés Blas (Catamarca); Nancy González  (Chubut); Ma. Eugenia Catalfamo  (San Luis); Sergio Leavy  (Salta); Ma. Eugenia Duré (T.del Fuego); Daniel Lovera (La Pampa); Silvina García Larraburu (Río Negro); Dalmacio Mera (Catamarca); Beatriz Mirkin (Tucumán); Gerardo Montenegro (Sgo.del Estero); Ma. Inés Pilatti Vergara (Chaco); José Neder (Sgo.del Estero); Silvia Sapag (Neuquén) y  Ana María Ianni (Sta.Cruz). A los que se sumaron: Guadalupe Tagliaferri (JxC, Ciudad de BsAs); Alberto Weretilneck (Juntos Somos Río Negro) y Magdalena Solari Quintana (Renovador de la Concordia, Misiones). Se espera que los senadores por Catamarca y Sgo. del Estero que han rechazado el año pasado el proyecto de aborto, se abstengan en el recinto.

El proyecto fue dictaminado en horas y se trataría en la próxima sesión. Este trámite exprés no deja mucho tiempo para el análisis y algunos se contentan con acudir al texto de la Convención, en el que -como cabe esperar- no hay nada que expresamente amenace el derecho a la vida.

Por esta razón consideramos oportuno reseñar algunos párrafos consignados en los documentos emitidos por el “Comité de expertas” del Mecanismo de Seguimiento de Belem do Pará (MESECVI) que es el que examina a los estados parte en base a su propia reinterpretación de la Convención.

Es fácil constatar en esos párrafos que el Comité presiona a los estados para que legalicen el aborto. A nuestro país en particular lo instó en 2017 a legalizar el aborto hasta la semana 12, cosa que, lamentablemente, hizo a fines del año pasado (con una norma que se da de bruces con tratados internacionales a los que se le dio jerarquía constitucional con la reforma del año ’94). Partiendo de allí y a la primera de cambio el Comité nos exigirá una ley más amplia, especialmente si la Convención trepa a la cúspide de la pirámide jurídica como se pretende.

Entre las “Recomendaciones del Segundo Informe Hemisférico sobre la Implementación de la Convención” (MESECVI, 2012) figuran:

10. “Legalizar la interrupción del embarazo por motivos terapéuticos, sea para salvar la vida de la madre o evitarle un daño grave o permanente a su salud física y mental. Implementar dicho servicio en los hospitales y centros de salud y establecer protocolos o guías de atención para garantizar el acceso de las mujeres a dicho procedimiento”.

11. “Legalizar la interrupción del embarazo producido por violación. Implementar dicho servicio en los hospitales y centros de salud y establecer protocolos o guías de atención para garantizar el acceso de las mujeres a dicho procedimiento”.

30. “Establecer servicios especializados gratuitos para las mujeres víctimas de violencia, sus hijas e hijos, entre ellos: … servicios de salud integral que cubran la atención de la salud sexual y reproductiva así como la interrupción legal del embarazo”.

Entre los “indicadores de progreso” que el Comité ha elaborado para la medición de la implementación de la Convención (MESECVI, 2014) sobre los que Estados Parte deben informar periódicamente está:

“En relación con los derechos sexuales y reproductivos, legislación específica que incluya la sanción de violencia obstétrica en particular en embarazos adolescentes; que permita la interrupción legal del embarazo por causas terapéuticas; que permita la interrupción legal del embarazo por violación sexual”.

El Informe hemisférico sobre violencia sexual y embarazo infantil (MESECVI, 2016) menciona reiteradamente al “embarazo forzado” como “tortura” y entre otras cosas dice:

“Aparecen consecuencias físicas y psicológicas a corto y largo plazo cuando las mujeres se someten a abortos en condiciones de riesgo y cuando se ven obligadas a llevar el embarazo a término contra su voluntad”.

“Algunos Estados siguen restringiendo con prohibiciones absolutas del aborto el derecho de las mujeres a abortar de manera legal y sin riesgos. Restringir el acceso a la interrupción voluntaria del embarazo provoca muertes innecesarias de mujeres”.

“El CEVI recomendó a los Estados procurar atención integral para las víctimas de violencia sexual y garantizar a las mujeres la salud sexual y reproductiva, incluyendo su derecho a la vida eliminando el aborto inseguro y emitiendo leyes y políticas públicas que permitan la interrupción legal del embarazo, por lo menos, cuando i) la vida o salud de la mujer esté en peligro, ii) exista inviabilidad del feto de sobrevivir, y iii) en los casos de violencia sexual, incesto e inseminación forzada”.

Del “objetor de conciencia” al “obstaculizador del aborto”:

“Este Comité entiende que el mantenimiento forzado de embarazos de niñas de menos de 14 años constituye, en cualquier caso, un acto de violencia, por lo que los Estados Parte que prohíban la interrupción del embarazo en estos casos estarían cometiendo violencia institucional contra las víctimas”.

“Lo mismo ocurre con el personal médico de centros de salud públicos que viole la confidencialidad de la paciente o bien se niegue a practicar una interrupción legal de embarazo, obstaculizando los derechos de las mujeres y niñas”.

“En general, la normativa penal da cuenta de un amplio andamiaje de sanciones para proteger a las niñas menores de 14 años de la violencia sexual, pero nada dice sobre los daños que se ocasionan cuando, la niña, pudiendo acceder a un aborto legal, es víctima del personal de salud que bajo la excusa de trabas burocráticas u objeción de conciencia desalientan las posibilidades legales de las niñas y sus progenitores para acceder a una interrupción legal del embarazo producto de las violaciones”.

“El mismo cuestionamiento opera para la implementación de protocolos de salud que dejan un amplio margen de actuación o libre criterio al personal médico encargado de cumplir las pautas necesarias para la interrupción del embarazo en estos casos”.

Entre las recomendaciones hechas por el Comité en ese informe están:

“Eliminar el aborto inseguro, asegurando normativamente que todos los embarazos de niñas sean considerados de alto riesgo y permitan la interrupción legal del embarazo”.

Una de las “Recomendaciones Generales del Comité de Expertas” (No. 1, año 2018) sobre “Legítima defensa y violencia contra las mujeres” es:

“Asegurar el acceso a la justicia para las mujeres garantizando, como mínimo, asesoría jurídica gratuita y patrocinio jurídico durante el proceso, incluyendo ... servicios de salud integral que cubran atención de la salud sexual y reproductiva así como la interrupción legal del embarazo” (recomendación Nº 5).

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NOTIVIDA, Año XX, Nº 1247, 10 de mayo de 2021

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jueves, 6 de mayo de 2021

BELEM DO PARA TIENE DICTAMEN

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NOTIVIDA, Año XX, Nº 1246, 6 de mayo de 2021

Senado de la Nación

BELEM DO PARA TIENE DICTAMEN

La Banca de la Mujer le dio dictamen a los proyectos que intentan otorgarle jerarquía constitucional a la Convención de Belem do Pará, el tratado internacional preferido por los abortistas americanos. El tema quedó listo para ser debatido en el recinto. En soledad la tucumana Elías de Pérez levantó la bandera de la vida.

Como anticipamos ayer, la comisión de Asuntos Constitucionales despachó  los proyectos que pretenden darle rango constitucional a la “Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer”, más conocida como Convención de Belem do Pará. Hoy los trató la comisión Banca de la Mujer y quedaron listos para llegar al recinto.

La iniciativa partió de los expedientes de Norma Durango (S 99/2020) y Gladys González (S 179/2020). Ambas senadoras habían hecho presentaciones similares en periodos parlamentarios anteriores.

Advertimos desde hace décadas que “violencia contra la mujer” o “violencia de género” es una herramienta de la “cultura de la muerte” para imponer “derechos sexuales y reproductivos”, lo que incluye el aborto. Esto ha quedado de manifiesto en los últimos años porque cada vez que hubo reticencias para practicar un aborto, el feminismo alegó “violencia contra la libertad reproductiva” o “violencia institucional”. Esta interpretación ideologizada de la violencia se izaría ahora hasta la cúspide de la pirámide jurídica.

Recordemos que en el año 2017, en el marco de las revisiones periódicas a los estados, el Comité de Seguimiento de la Convención (CEVI) instó “al Estado argentino a realizar todos los esfuerzos necesarios para que el proyecto (de aborto) se convierta en ley, de conformidad con la Convención y con la recomendación Nº 10 del Segundo Informe Hemisférico”.

El debate en la Banca de la Mujer

Guadalupe Tagliaferri (PRO, Ciudad de BsAs): tras aclarar que está totalmente de acuerdo con la iniciativa, reprochó el trámite exprés que tuvo el proyecto para poder llegar al recinto la semana que viene, señalando entre otras cosas que el adelantamiento de la reunión de comisión impidió la presencia de varias de sus integrantes.

Norma Durango (Peronismo Pampeano) reiteró que celebra el tratamiento del proyecto que le otorga jerarquía constitucional a un instrumento que “protege a las mujeres de la violencia”. Destacó que es el primer tratado internacional con naturaleza vinculante. “Los estados que lo firmaron se comprometieron a revisar su legislación y Argentina lo viene haciendo”.  Anticipó que intentarán ponerlo en el temario de la próxima sesión.

Gladys González (PRO, BsAs): considera que elevar el nivel de la Convención es jerarquizar “el derecho de las mujeres a tener una vida libre de violencias”.

Ma. de los Ángeles Sacnún (Fdt, Sta.Fe): mencionó la importancia que tiene que “los derechos se hagan efectivos”. Aseguró que las condiciones de encierro de la pandemia hicieron crecer los índices de violencia y mencionó que hace falta construir una mayoría calificada para poder aprobar el proyecto.

Ma. Inés Pilatti Vergara (Fdt, Chaco): confesó que creía que la Convención ya estaba incorporada a la Constitución. Según la chaqueña en el Consejo de la Magistratura exigen tener algún curso sobre violencia contra la mujer y todos recitan la Convención de Belén do Pará, pero después hacen agua en perspectiva de género. Exhortó a seguir trabajando en ese sentido.

Silvina García Larraburu (FdT, Río Negro): manifestó que hay “un abismo” entre lo que se dice y lo que hace la justicia que revictimiza a las mujeres. Solicitó que la pata judicial del Estado también tenga perspectiva de género.

Inés Blas (FdT, Catamarca): mencionó que durante la pandemia se ha potenciado el contexto patriarcal y que hay mujeres que pierden la vida por una cuestión de género. También señaló que hay deficiencias en la justicia.

Silvia Elías de Pérez (UCR, Tucumán): dijo que nadie pone en tela de juicio que se debe acabar con la violencia contra la mujer, pero para poner en la Constitución un tratado éste debe reflejar el pensamiento de toda la sociedad. Destacó que el Comité de expertas que creó la Convención considera tortura a un embarazo no planificado y trato cruel e inhumano al que se le da a una mujer cuando no puede acceder a un aborto. Explicó que van a plantear algunas cuestiones interpretativas para que erradicar la violencia no signifique avanzar sobre la vida de alguien no planificado. Anticipó que no iba a firmar el dictamen.

Durango le contestó que el aborto ya es ley y que no lo van a volver a discutir.

Ma. Eugenia Duré (FdT, T. del Fuego) resaltó que es el primer tratado vinculante que pone a la violencia de género como una violación a los derechos humanos. 

Silvia Sapag (FdT, Neuquén): afirmó que la violencia contra la mujer está naturalizada.

Beatriz Mirkin (FdT, Tucumán): narró con sorpresa que un abogado que se presentó a rendir examen en el Consejo de la Magistratura no sabía lo que es el “techo de cristal”.

Sobre la Convención de Belem do Pará se pueden ver, entre otros, los Notivida Nº: 274, 298, 306, 324, 325, 328, 329, 346, 458, 497, 755, 770, 799, 941, 942, 1218 y 1245.

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NOTIVIDA, Año XX, Nº 1245, 5 de mayo de 2021

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miércoles, 5 de mayo de 2021

BELEN DO PARA PODRÍA TENER RANGO CONSTITUCIONAL

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NOTIVIDA, Año XX, Nº 1245, 5 de mayo de 2021

Senado de la Nación

AVANZAN LOS PROYECTOS QUE INTENTAN DARLE RANGO CONSTITUCIONAL A BELEM DO PARA

La comisión de Asuntos Constitucionales despachó hoy los proyectos que pretenden otorgarle jerarquía constitucional a la Convención de Belem do Pará, el tratado internacional “top” del feminismo abortista americano ya que, entre otras cosas, introdujo en la legislación regional el concepto de “género”.  El despacho fue girado a la comisión Banca de la Mujer que podría darle dictamen mañana.

Por Mónica del Río

La comisión de Asuntos Constitucionales del Senado despachó hoy los proyectos de Norma Durango (Peronismo Pampeano) y Gladys González (PRO, BsAs) que pretenden darle rango constitucional a la “Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer”, conocida como Convención de Belem do Pará porque fue aprobada durante una Asamblea de la OEA realizada en esa ciudad de Brasil, el 9 de junio de 1994.

Hace tres años cuando los Diputados debatían aborto, viajó para impulsar su legalización la venezolana Luz Patricia Mejía que expuso en calidad de Secretaria Técnica del Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belém do Pará (MESECVI). Decía Mejía entonces que el derecho a la vida, no obstante su importancia, admite “restricciones y limitaciones”, que “no es un derecho absoluto”. Agregó que la Convención de Belem do Pará no sólo no prohíbe el aborto sino que en el caso del derecho a la vida “la protección sobre los derechos de las mujeres prevalece incluso cuando pudiera entrar en conflicto con la protección del llamado nasciturus”.

El MESEVIC que Mejía integra ha sido copado desde su creación en el año 2005 por activistas de la “cultura de la muerte” y en esa línea van sus recomendaciones, así por ejemplo en el 2019 el Comité le recriminó ilegítimamente a Argentina no haberle hecho un aborto a la menor que dio a luz a Faustina, la beba que sobrevivió 10 días tras la cesárea practicada en Tucumán.

Ese Comité trabaja junto a una red de organizaciones integrada entre otros por: Human Rights Watch (HRW), Fundación Mujeres en Igualdad (MEI), Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA), Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer (CLADEM), Católicas por el Derecho de Decidir (CDD) y Amnistía Internacional (AI).

El debate en Comisión

Norma Durango celebró el tratamiento del proyecto entendiendo que el tratado “protege a las mujeres de la violencia”.

Silvia Giacoppo (UCR, Jujuy): destacó que en abril de 2019 su provincia dictó una ley para erradicar la violencia contra la mujer basándose en esta Convención. Anticipó que el día de la sesión va a pedir que se respete expresamente el art. 19 del Código Civil que habla del inicio de la vida.

Jorge Taiana (FdT, BsAs); dijo que esto se debería haber hecho antes en el país ya que estos temas se empezaron a mover en Viena en 1993. Recordó que desde hace tiempo intentan sin éxito darle jerarquía constitucional a la Convención.

En respuesta a Taiana, Durango comentó que ya se había puesto de acuerdo con el presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales de Diputados Hernán Pérez Araujo para que la cámara baja le de pronto tratamiento tras la media sanción del Senado.

Nancy González (Fdt, Chubut) afirmó que es un proyecto muy importante para los derechos y la libertad de las mujeres. “Vamos por más derechos”, remató.

Ernesto Martínez (PRO, Cba.) adelantó su acompañamiento para la iniciativa, pero resaltó que para aprobarlo en el recinto hay que tener los dos tercios y que hay reparos de parte de algunos senadores por lo mismo que expresó la senadora Giacoppo.

Sobre la Convención de Belem do Pará se pueden ver entre otros los Notivida Nº: 274, 298, 306, 324, 325, 328, 329, 346, 458, 497, 755, 770, 799, 941, 942 y 1218.

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miércoles, 21 de abril de 2021

ABORTO: LAS CIFRAS DEL 2019

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NOTIVIDA, Año XX, Nº 1244, 21 de abril de 2021

ABORTO: LAS CIFRAS DEL 2019

El Ministerio de Salud de la Nación dio a conocer las cifras del 2019. Marcado descenso de la mortalidad materna, particularmente en la causal “embarazo terminado en aborto”.

Por Mónica del Río

Con un retraso de más de 4 meses (pandemia y ley de aborto de por medio) el Ministerio de Salud de la Nación dio a conocer las cifras del 2019.

Defunciones femeninas

Durante el 2019 se produjeron 166.285 defunciones femeninas. Las primeras causas de muerte en la mujer fueron: Enfermedades del corazón (34,917), Tumores malignos (30.252), Neumonía e influenza (17.040), Enfermedades cerebrovasculares (9.526) y Septicemias (5.887).

Por deficiencias nutricionales fallecieron 471 mujeres. Se suicidaron 578 mujeres, 316 (55%) tenían menos de 35 años.

Murieron 10.908 mujeres en edad fértil, de esas muertes sólo 18 podrían estar vinculadas a un aborto provocado (0,16 %).

Nacimientos

El número de nacimientos sigue con el marcado descenso que comenzó en 2014 y en 2019 decreció otro 8,7 % (625.441). Argentina registró la menor cifra de nacidos vivos desde 1980 (no disponemos de datos anteriores). Lo mismo ocurrió con la tasa de natalidad (13,9) que grafica el número de nacimientos cada 1.000 habitantes.

Muertes maternas

Total de muertes maternas (188): “Causas obstétricas directas” (115), “Causas obstétricas indirectas” (48) y “Embarazo terminado en aborto” (25). La última causal se redujo cerca del 30% entre 2018 y 2019 y es la que más cayó de las tres.

En 2019 se produjeron 25 muertes maternas por “embarazo terminado en aborto”, de esas muertes cuando menos 7 no tienen ningún vínculo con el aborto procurado (porque refieren a ectópicos, espontáneos…) por lo que el tope de muertes a causa de un aborto inducido en 2019 es 18 (ligeramente inferior al del año anterior).

Las muertes maternas vinculadas a un aborto inducido representan el 9,5% del total de muertes maternas.

Las 25 muertes maternas por “embarazo terminado en aborto” desagregadas por distrito:

Año 2019: Muertes maternas por “embarazo terminado en aborto” por provincia

Ciudad de Buenos Aires: 3

Buenos Aires: 10 (8 en el GBA)

Catamarca: 2

Córdoba: 0

Corrientes: 0

Chaco: 0

Chubut: 0

Entre Ríos: 0

Formosa: 0

Jujuy: 0

La Pampa: 0

La Rioja: 1

Mendoza: 0

Misiones: 0

Neuquén: 0

Río Negro: 1

Salta: 2

San Juan: 0

San Luis: 0

Santa Cruz: 1

Santa Fe: 0

Santiago del Estero: 2

Tucumán: 3

Tierra del Fuego: 0

 

Téngase en cuenta que a nivel provincial las muertes por “embarazo terminado en aborto” no están desagregadas (incluyen ectópicos, molas, retención de fetos muertos y abortos espontáneos). Aun así, en la tabla se observa que los más de los distritos no registraron muertes maternas vinculadas a un aborto inducido durante 2019.

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NOTIVIDA, Año XX, Nº 1244, 21 de abril de 2021

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jueves, 15 de abril de 2021

LOS ANIMALES TENDRIAN MAS DERECHOS QUE LAS PERSONAS POR NACER

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NOTIVIDA, Año XXI, Nº 1243, 15 de abril de 2021

LE OTORGARÍAN A LOS ANIMALES MAS DERECHOS QUE A LAS PERSONAS POR NACER

La diputada Graciela Camaño presentó un proyecto de ley (expte.1358-D-2021) que tiene por objeto “reconocer como sujetos de derecho a los animales que, por sus particulares características, revisten la calidad o condición de personas no humanas” con la finalidad de “consagrar un estatus jurídico que contemple estrictamente sus derechos”.

Se le asignaría “la condición de persona no humana”, a aquellos animales que “demuestran contar con especiales capacidades cognitivas y/o sintiencias complejas que los distinguen de las restantes especies” (art. 3).

Se considerarían “derechos básicos de la persona no humana”: a) el derecho a la vida, b) el derecho a la libertad, c) el derecho a no sufrir, y d) el derecho a la salud y a la asistencia alimentaria (art. 4).

“Las personas no humanas” no podrán ser objeto de transacciones comerciales ni estar en cautiverio. Tampoco podrán ser utilizados como parte de investigaciones o pruebas (art. 5).

Cualquier persona estaría legitimada para actuar “en la defensa y protección de los derechos e intereses de las personas no humanas” por la vía administrativa o judicial, especialmente con “acciones de Habeas Corpus y de Amparo, según corresponda conforme al derecho afectado” (art. 6). Recordemos que el “habeas corpus” es una figura jurídica pro defensa de personas, mediante el cual se solicita a un juez la liberación de una “persona humana” ilegalmente detenida; y que si bien existe en el derecho la figura de “persona jurídica”, ésta se refiere por analogía con la persona física, a entes ideales conformados por seres humanos.

En nuestro país, en el año 2014, la Sala II de la Cámara Federal de Casación - integrada por los jueces Ángela Ledesma, Alejandro Slokar y Pedro David- dictó un fallo nefasto por el que resolvió que “la orangutana Sandra es una persona no humana, y por ende, sujeto de derechos y consecuentes obligaciones hacia ella por parte de las personas humanas”. La sentencia se fundaba en los argumentos que Eugenio Zaffaroni desarrolló en su obra “La Pachamama y el humano” y ambas cosas se mencionan en los fundamentos del proyecto.

En 2019 la orangutana Sandra fue transportada en avión a un “santuario para primates” en Florida-EEUU, el costo de la decisión superó los US$100.000. Hechos como éste contrastan bestialmente con la ley de aborto aprobada a fines del año pasado.

Todos rechazamos el maltrato hacia los animales que en nuestro país está penalizado desde 1954; pero eso dista de la cosmovisión que subyace en este tipo de iniciativas. Al Nuevo Orden Mundial no le alcanza con la visión antropocéntrica que desplazó a la teocéntrica, necesita avanzar más. Decía Gorbachev al presentar la Carta de la Tierra en 1997, que había que ayudar a la humanidad a cambiar esta visión porque se necesitaba hacer la transición de la idea del hombre como rey de la naturaleza a la convicción de que el hombre forma parte de ella.

Elevar a los animales a la categoría de “personas”, implica desligar la noción de persona de la de trascendencia y reducir el valor de cada ser humano, lo que le abre las puertas al control demográfico. Sorprende que este nexo no haya sido advertido por la autora del proyecto que siempre ha defendido con firmeza el valor inviolable de la vida humana.

Tal como denunciara el P. Juan Claudio Sanahuja, la ONU se ha empeñado en esta subversión ideológica del orden del cosmos que trató de imponer especialmente desde sus conferencias internacionales sobre medioambiente y desarrollo.

“Desde hace tiempo la opinión pública está siendo sometida a un lavado de cerebro que trata de sustituir el concepto de respeto debido a la naturaleza, de raíz eminentemente cristiana, con los esquemas ecologistas de la nueva ideología del humanismo inmanentista” (.) “En los documentos internacionales se llama claramente a este empeño, proceso de reingeniería social. Por un lado, se pretende salvar de un supuesto exterminio, por ejemplo, a las focas, ballenas, gorilas… por otro, no sólo se justifica, sino que se tiene como una obligación ‘natural` procurar y provocar un verdadero y propio holocausto con leyes que autorizan el abominable crimen del aborto” (Noticias Globales nº 82, 4 de agosto de 1998).

“La nueva ideología está impedida de distinguir entre el ser humano y la bestia. No es infrecuente, por ejemplo, que en documentales de televisión sobre la vida silvestre, producidos por National Geographic, Audubon Society o la BBC, se llame al chimpancé ‘nuestro hermano’ o ‘nuestro primo’ y, en general, no sólo se culpe al hombre de algunos desmanes que son ciertos, sino que se lo presente por definición como ‘el enemigo’ de la naturaleza -el máximo depredador-, sin reconocer su dignidad trascendente y poniéndolo en pie de absoluta igualdad con los otros seres vivos, distinto de ellos sólo por pequeños porcentajes de ADN” (Noticias Globales nº 473, 6 de enero de 2002).

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lunes, 5 de abril de 2021

EL PENSAMIENTO Y LAS HERRAMIENTAS DE PERSECUSIÓN

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NOTIVIDA, Año XXI, Nº 1242, 5 de abril de 2021

EL PENSAMIENTO ÚNICO BUSCA NUEVAS HERRAMIENTAS DE PERSECUSIÓN

El diputado Eduardo Valdés impulsa la ratificación de la “Convención Interamericana contra toda forma de Discriminación e Intolerancia” (expte 1140-D-2021).

El legislador ve en este tratado internacional una herramienta eficaz para erradicar las “manifestaciones que podrían enmarcarse en una suerte de reivindicación de las prácticas más aberrantes perpetradas por la dictadura militar”. Recordemos que este año se presentaron varios proyectos con el objetivo de penalizar el llamado “negacionismo”  (822-D-2021; 878-D-2021; 960-D-2021) que reúnen la firma de una treintena de diputados del Frente de Todos, entre los que se encuentra Valdés que estima, además, que hay un “contexto oportuno para impulsar y promover la incorporación a nuestro derecho interno de esta Convención”.

Pero la Convención no se limita a la discriminación por “opiniones políticas o de cualquier otra naturaleza” y eso también lo destaca el legislador oficialista en los fundamentos: “Una de las características primordiales de la Convención, que merece ser subrayada y sin dudas otorga un valor que elevará el estándar del ordenamiento jurídico vigente en la República Argentina, la constituye el amplio alcance establecido respecto a los supuestos de hechos susceptibles de ser caracterizados como discriminatorios o promotores de discursos de odio e intolerancia”.  

La Convención -adoptada por la OEA el 5 de junio de 2013- incluye la ‘discriminación’ por ‘orientación sexual’ e “identidad de género” y por entonces P. Juan Claudio Sanahuja alertaba:

 “Como consecuencia de la llamada ‘discriminación por orientación sexual e identidad de género’, califican de homofóbica y discriminatoria toda opinión en desacuerdo con el estilo de vida homosexual. Atentan contra la libertad religiosa, por ejemplo, oponiéndose a la predicación de la doctrina cristiana. Como consecuencia, se arremete contra la libertad de los padres a educar a sus hijos y se desconoce la libertad de las instituciones de enseñanza, por sólo dar dos ejemplos. Ahora se le suma la aplicación de la legislación internacional sobre derechos humanos a todo lo que se les antoje como trato violento o discriminatorio. ¿Serán pasibles de ser juzgados por tribunales internacionales los padres de familia que se opongan a que sus hijos sean educados en la “normalidad” de la homosexualidad o las autoridades religiosas que prediquen la intrínseca maldad moral de la sodomía? Es muy distinto terminar con la injusta violencia a, por ejemplo, exigir libertad de acción, incluida la perversión de menores, o reclamar el ‘cupo gay’ dentro del cuerpo de profesores de colegios y universidades. El lobby gay parece decir: ‘quien no apoya nuestro estilo de vida y todas nuestras pretensiones, está a favor de que se nos condene a muerte’.”

Destaquemos finalmente que la OEA está compuesta en la actualidad de treinta y dos Estados Miembros y que de esos sólo dos han ratificado la Convención.

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sábado, 3 de abril de 2021

Santas y Felices Pascuas de Resurrección

“Para esto he nacido y he venido al mundo: para dar testimonio de la verdad.” (Jn 18, 37)

“Tú lo dices: yo soy rey”, le responde Jesús a Pilatos, y agrega “para esto he nacido y he venido al mundo: para dar testimonio de la verdad”. El reino de Cristo es el reino de la verdad, porque Él es la verdad. Decir la verdad le costó la Pasión y muerte, y así fue que la Verdad nos redimió.

No escatimemos esfuerzos para enarbolar la bandera de la Verdad, y de ese modo colaborar en la gran obra de la Redención de los hombres.  Solo Cristo, con su gracia, nos puede hacer verdaderamente libres, porque ¡la Verdad nos hace libres!

Vivimos en un tiempo plagado de mentiras y confusión, pero por amor a la verdad tenemos que asumir el riesgo de proclamar la realidad del mundo y devolverle el nombre a cada cosa. El tiempo se agota y no queda espacio para titubeos. O somos la voz discordante dispuesta a dar testimonio de la verdad por encima de todo, o vamos a terminar atrapados por “el padre de la mentira”.

Que Cristo, que con su Resurrección ha vencido al error, al pecado y a la muerte, acreciente en nosotros la pasión por la verdad, para que, siendo libres en esta Patria usurpada, merezcamos algún día gozar con Él de su eterna gloria.

Santas y Felices Pascuas de Resurrección, les desea Notivida